Criterios dispares sobre demandas de divorcio
Las primeras sentencias de los tribunales civiles en demandas de separación conyugal revelan una disparidad de criterios sobre el derecho sustantivo aplicable. De oportunismo e improvisación ha sido calificado el decreto-ley del pasado 29 de diciembre, que remitía la competencia para las catisas de separación conyugal a la jurisdicción civil, al haberse reducido el concepto de los tribunales eclesiásticos a las causas de nulidad de matrimonios ratos y no consumados. La práctica judicial actual en materia de separación matrimonial queda lejos, no obstante, de la última legislación canónica aplicida en el arzobispado de Madrid.Página 28
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