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El PSOE forzó a UCD a votar la supresión de ritual para la pena de muerte en el Código de Justicia Militar

UCD votó ayer favorablemente una enmienda del Grupo Socialista, defendida por Pablo Castellano, al artículo 871 del Código de Justicia Militar, por la que se suprime todo el ritual que el texto castrense preveía para la ejecución de la pena de muerte. Los socialistas se negaron a aceptar una transaccional de UCD y, en último extremo, los centristas votaron la propuesta socialista. Su enmienda supone además la derogación de los artículos del Código de Justicia Militar que regulan la ejecución de la pena capital y que desde la entrada en vigor de la Constitución sólo eran de aplicación en tiempo de guerra.

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Castellano había defendido que el artículo 871 estableciese, simplemente: «La pena de muerte se ejecutará por fusilamiento y sin publicidad». Con enorme calor y tono persuasivo trató de razonar los argumentos humanitarios que movían a su grupo a evitar todo el ritual de la ejecución y apeló a la conciencia de los diputados centristas. Vega Escandón, en nombre de UCD, se opuso, Al ir a dar comienzo la votación, el PSOE pidió que se colocaran a cero los tableros de votación; la maniobra se fue retardando, y en ese intervalo UCD solicitó una suspensión por diez minutos de la sesión.La dificultad estribaba en que si bien una mayoría de los diputados centristas estaban de acuerdo con la enmienda socialista, el líder de Coalición Democrática, Manuel Fraga, advirtió en su momento que si se tocaba una sola coma del proyecto tal y como había llegado de la comisión no apoyaría la votación final de conjunto. Fraga estaba ausente; Juan Luis de la Vallina parece que argumentó su falta de capacidad decisoria sobre el tema y UCD propuso, en definitiva, una transaccional por la que se añadía a la fórmula del PSOE: «Salvo la necesaria para su constatación», referida a la publicidad de la pena de muerte. El PSOE se opuso a que se tramitase, y, en consecuencia, se votó su enmienda, que obtuvo 264 votos favorables, siete en contra y tres abstenciones.

Inmediatamente después de que UCD ofreciese la transaccional, hubo un cierto movimiento de aceptación en los bancos socialistas, movidos posiblemente por la rutina de estas situaciones. Fue Alfonso Guerra -el que se volvió hacia los escaños de sus compañeros, con gestos enérgicos, para decir que no se admitía. Y Gregorio Peces-Barba anunció la oposición de su grupo. En turno de explicación de voto, Antonio Jiménez Blanco, por UCD, aseguró que quedaba claro que al PSOE «le importaba más el amor propio de mantener su enmienda que el suprimir ritos macabros». Peces-Barba replicó que ellos no podían consentir que se votase una enmienda propuesta por UCD sobre un tema del que no se habían ocupado y había sido propuesto por los socialistas.

Durante la primera parte de la sesión de ayer se aprobaron 38 artículos, que reforman otros tantos del vigente Código de Justicia Militar. La mayoría de estos artículos se aprobaron sin debate por amplia mayoría de votos. La sesión del Pleno del Congreso se inició ayer con la aceptación por UCD de varias enmiendas socialistas, defendidas por el diputado Leopoldo Torres. Por una de ellas se introduce en el Código de Justicia Militar el derecho de los detenidos o procesados a gozar de los derechos que establece la Constitución en relación con el plazo máximo de 72 horas de detención, la asistencia de abogado y el derecho a no declarar contra sí mismos. También se introdujo, en virtud de otra enmienda socialista, el nombramiento de oficio de un defensor letrado, perteneciente al colegio de abogados, en aquellos casos en que los procesados no hubieran hecho uso del derecho a nombrarlo por sí mismos. El texto aprobado en la Comisión de Justicia establecía para estos casos el nombramiento de oficio de un defensor militar del Ejército por el que se tramitara la causa.

Independencia judicial

En el artículo 171 del Código de Justicia Militar, Leopoldo Torres, en nombre del Grupo Socialista, se opuso a las correcciones que en vía disciplinaria pueden imponer las autoridades militares a los presidentes y vocales de los consejos de guerra. Estimó que tales correcciones son contrarias a la salvaguardia de la independencia judicial.Por el grupo centrista, Luis Vega negó que tales correcciones atenten a la independencia y aseguró que son paralelas a las previstas en la jurisdicción civil.

En relación con el artículo 194, el socialista Joaquín Navarro solicitó la supresión del precepto, por referirse a delitos comunes, aunque cometidos por militares «Estamos potenciando y prorrogando la desconfianza del cuerpo militar ante las normas emanadas de la autoridad civil». Recordó la alusión de Felipe González en el debate de la moción de censura a las pretensiones adulatorias hacia las Fuerzas Armadas del partido gubernamental. Navarro manifestó que la sensibilidad jurídica se sonrojaba ante el so metimiento a la jurisdicción militar de delitos como el asesinato homicidio, robo, hurto, violación, falsificación de documentos, que corresponde juzgar, según el principio establecido en la Constitución, a la jurisdicción ordinaria.

El comunista Josep Solé Barberá consideró el precepto monstruoso y perturbador En respuesta a ambos grupos, el centrista Joaquín García Romanillos dijo que los delitos tipifica dos en el citado artículo son cometidos «en acto de servicio» Navarro replicó que no siempre se establece así en el artículo. L supresión del artículo fue rechazada por 130 votos favorables y 155 en contra.

Injurias al Ejército

El artículo 316 del Código de Justicia Militar, en la redacción dada por el Congreso, castiga con pena de prisión hasta seis años a los que ultrajen a la bandera nacional o estandarte en lugares c edificios militares, así como en desfiles y otras ocasiones. Sobre este punto no existió discrepancia en la Cámara. Sin embargo, sí Ia hubo por parte del Grupo Socialista, en nombre del cual intervino Carlos Sanjuán, por la aplicación de la misma pena a las ofensas a «los emblemas o insignias militares en iguales circunstancias u ocasión».El diputado socialista estimó que no debían equipararse unos y otros ultrajes. García Romanillos señaló que la distinción la podría hacer el juez, gradualizando la pena según los casos. La enmienda socialista fue rechazada por 126 votos favorables, 150 en contra y cuatro abstenciones.

A continuación, el socialista catalán y ex comandante del Ejército Julio Busquets se congratuló de la aprobación del artículo 3 17, que reforma el de igual número del código castrense. Recordó que con la nueva redacción deberán pasar a la jurisdicción ordinaria casos como los de Els Joglars, Pilar Miró y Miguel Angel Aguilar. El artículo establece que incurrirá en la pena de prisión hasta seis años el que de palabra, por escrito o por cualquier medio de publicidad injurie a los ejércitos o instituciones, armas, clases o cuerpos determinados de los mismos, «siempre que el culpable fuese militar». Busquets se mostró contrario, sin embargo, a las últimas palabras del precepto, según las cuales será de aplicación la misma pena si el hecho se produce, sea o no sea militar quien lo realiza, «ante un mando en presencia de sus tropas o en acuartelamiento, recinto o lugar militar».

García Romanillos, quien se felicitó también por el paso a la jurisdicción civil de los casos citados, defendió que debían castigarse aquellas situaciones en que los paisanos entran en un cuartel a insultar, y otros similares. La enmienda socialista fue rechazada por 127 votos favorables contra 145 en contra y 19 abstenciones.

Tampoco prosperó el intento, defendido por el comunista Solé Barberá, de suprimir entre las faltas militares la «murmuración sobre el jefe del Estado, el Gobierno, el ministro de Defensa y las demás autoridades que ostenten mando militar superior».

Entre las faltas leves que prevé el Código de Justicia Militar reformado figura la de estar afiliado, colaborar o prestar apoyo a alguna organización política o sindical o asistir a reuniones públicas de carácter político o sindical, promovidas por los referidos partidos, grupos o asociaciones. El socialista Carlos Sanjuán estimó correcta esta garantía de neutralidad de los militares, pero defendió que se añadiera al precepto lo siguiente: «No será falta, sin embargo, la asistencia a actos públicos de carácter político durante los períodos de campaña electoral, siempre que sea individualmente, sin uniforme y no se participe activamente».

El centrista Luis Vega se opuso al peligro de toma de postura concreta y pública por parte de los militares que implicaría el texto propuesto, y la enmienda fue rechazada.

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