Se abarata la financiación exterior pública
Una disposición legal por la que se amplían a los entes locales y al propio Tesoro los beneficios fiscales de la financiación exterior será publicada en fecha breve por el Boletín Oficial del Estado.El objeto de esta disposición es equiparar a los entes locales y al Tesoro en materia de costas de la financiación exterior, de lo que se derivaría un abaratamiento de dicha financiación en torno a un punto.
Actualmente, determinados sectores y empresas -seleccionados de acuerdo con criterios económicos- se benefician ya de una exención del 95% en el impuesto de sociedades que las empresas extranjeras deben pagar por los intereses que perciben de sus prestatarios españoles.
Este beneficio fiscal se hará extensible ahora a los entes locales y comunidades autónomas, además del Tesoro público, lo que en definitiva redundará en una equiparación de ambos con empresas de algunos sectores privilegiados y en el consiguiente descenso en el tipo de interés efectivo que paguen por la financiación obtenida en los mercados internacionales, que se estima oscilará entre un punto y un punto y medio.
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