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Dos policías que retuvieron a un guardia civil indocumentado, condenados por un tribunal militar

Dos policías han sido condenados por un tribunal militar a cumplir treinta días de arresto menor, por una falta de ligera irrespetuosidad a la Guardia Civil. Sin embargo, fuentes sindicales policiales señalan que dicha falta consistió en retener en comisaría a uña persona indocumentada que, posteriormente, se identificó como guardia civil. En círculos jurídicos se estudia la posibilidad de interponer una querella criminal por este asunto contra el capitán general de La Coruña.

Los funcionarios del Cuerpo Superior de Policía, señores García Esquivada y Salgado, el primero miembro de la Unión Sindical de Policías y el segundo de la Asociación Profesional de Funcionarios del Cuerpo Superior de Policías (recientemente convertida también en sindicato), fueron condenados el pasado mes de enero, por sentencia dictada por el capitán general de La Coruña, «si bien los hechos no revisten carácter delictivo, por lo que se acuerda el sobreseimiento, pero se aprecia una falta de ligera irrespetuosidad a organismos militares que infiere perjuicio al buen régimen del Ejército (Guardia Civil)», según señala aquélla, que añade la imposición «de un correctivo de treinta días de arresto menor», lo cual fue comunicado a la Dirección de la Seguridad del Estado, que ahora lo manda hacer cumplir.Los hechos se remontan al mes de octubre de dos años atrás. Un policía, Luis García Esquivada, había sido trasladado desde Barcelona a Vigo por necesidades del servicio, que, según opiniones, en realidad fue una consecuencia de su pronunciamiento en favor de la amnistía. La noche del 5 al 6 de octubre de 1978, García Esquivada cumplía servicio de guardia junto a su compañero Salgado en la comisaría de Vigo, cuando un taxista se presentó con un joven al que había detenido. El taxista denunció que ese joven y otros tres o cuatro lo habían atracado, y suponía que los restantes podían encontrarse todavía en un local de las afueras de la ciudad, llamado La Linterna Roja.

Los dos inspectores de guardia se presentaron en el citado club, acompañados de la dotación de un jeep de la Policía Nacional y del detenido. Tras hacer que fueran encendidas las luces del bar, procedieron a solicitar la documentación de las personas que se encontraban en el mismo, y trasladaron a la comisaría a unas ocho personas que iban indocumentadas.

Ya en la comisaría, uno de los retenidos dijo que era cabo de la Guardia Civil. Tras proceder a las pertinentes medidas de comprobación, se le dejó marchar. Sin embargo, paralelamente, el dueño de la discoteca La Linterna Roja, ex miembro de la Guardia Civil, llamó por su cuenta a la Guardia Civil diciendo que un miembro de dicho cuerpo había sido detenido por la policía.

A raíz de ello, el cabo de la Guardia Civil se negó a reconocer que iba indocumentado y la Guardia Civil inició diligencias previas por presuntas injurias a la Benemérita contra los dos funcionarios de policía. Estos indicaron que el referido cabo se hallaba en el local acompañado de un guardia civil que sí llevaba documentación por lo cual no fue retenido, y solicitaron a la Dirección de la Seguridad del Estado (DSE) que abriera una información reservada.

Dos meses después, el 19-XII-1978, la DS E dictó una resolución por la que se sobreseía y archivaba la información instruida con ocasión «de un incidente con un cabo de la Guardia Civil, cuando dos funcionarios estaban de servicio y trataron de identificarlo». En cambio, las diligencias de la Guardia Civil siguieron su curso, y el 14-III-1979, el juzgado militar eventual de la plaza de Vigo dictaba auto de procesamiento contra los dos funcionarios, dejando en libertad provisional a los dos procesados.

Los dos policías, a través del letrado Juan Manuel Maceira Vidán, presentaron recurso contra el procesamiento. El recurso aludía a los hechos relatados, a la indefensión que quedarían los funcionarios de policía al enfrentarse a indocumentados que puedan resultar guardias civiles, a la vestimenta de paisano que portaba el aludido cabo y a su estado personal en la ocasión del incidente. El recurso fue denegado por el juzgado militar.

Interviene la Dirección de Seguridad

Siete meses más tarde, la Dirección de la Seguridad del Estado emitió un oficio que planteaba dos cuestiones: por un lado, salía en defensa de sus funcionarios, y por otro les retiraba el letrado particular. El oficio afirmaba que los dos funcionarios no vulneraron las disposiciones legales vigentes en la materia, por lo que debía hacerse ,cargo de su defensa el abogado del Estado, y retirarse la defensa particular, y, finalmente, denunciaba la falta de colaboración del citado cabo con las Fuerzas de Orden Público, así como el estado de embriaguez en que se encontraba.Finalmente, a primeros del pasado enero, se dictó la referida sentencia, ante la que, actualmente, fuerzas sindicales, policiales y judiciales de Vigo, Barcelona y Madrid estudian la posibilidad de presentar una querella criminal contra el capitán general de La Coruña.

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