Canarias, una prolongada inhibición
Mucho se lleva hablando de las peculiaridades de Canarias y de la innegable necesidad de que dentro del Estado español se le siga preservando un tratamiento especial, tanto de orden económico como administrativo, pero falta, a mi entender, un enjuiciamiento sereno sobre si las líneas que la Administración española ha venido marcando hasta ahora para compensar al archipiélago de su palpable desventaja geográfica han sido las adecuadas y si han contribuido realmente a acercar los niveles de desarrollo canarios a los peninsulares o si, por contra, las especialidades fiscales y administrativas concedidas a las islas han conducido a una profundización de las diferencias económicas y sociales entre Canarias y el resto del territorio español.En mi opinión, que intentaré razonar en este artículo, la última opción parece ser la más acertada, de lo que se inferirá la proposición de dar un giro de 180 grados en la política que el Estado español debe seguir con respecto al archipiélago.
En efecto, ya a mediados del siglo pasado ilustres canarios, como José Murphy, plantearon a la Administración española la difícil situación del archipiélago, que, por sus esperialísimos condicionamientos geográficos, se veía impedido de alcanzar un desarrollo similar al que las nuevas perspectivas de la revolución industrial abrían en algunas zonas del país. Ante este hecho, que debería haber provocado una política adecuada de fomento en las islas, se respondió con la creación en 1852 del régimen de franquicia, es decir, una medida indirecta que pretendía abrir posibilidades al desarrollo del comercio en el archipiélago, pero que, por otra parte, sirvió para que el Estado se inhibiera del ataque frontal al problema del subdesarrollo canario.
(Se podría aducir que en esta etapa, durante el reinado de Isabel II, el Estado estaba débilmente configurado y todavía era escasa mente relevante su vertiente de impulsor de las actividades económicas, pero lo cierto es que con esta coartada el resto de las obligaciones estatales para con Canarias fueron incumplidas: la educación, los transportes, las obras públicas contaron con escasas dotaciones y el deseado desarrollo de Canarias se redujo al impulso por vía indirecta de la actividad comercial, complementada con el monocultivo del plátano, que sustituía al primitivo de la caña de azúcar.)
Esta actividad inhibitoria del Estado continué y se consolidó con la ley de 6 de marzo de 1900, que consagraba el régimen de franquicias como pilar fundamental del impulso económico de Canarias, sin que en todos estos años se tomara conciencia de que existían otras potencialidades de desarrollo en el archipiélago y de que precisamente el régimen de puerto franco sancionaba la separación de la economía canaria del resto del territorio nacional, con las graves consecuencias que en estos momentos empiezan a vislumbrarse.
Siguiendo el análisis cronológico, a cada nueva constatación de que la economía canaria seguía sin enderezarse, y teniendo que sufrir el archipiélago el terrible cáncer de la emigración, respondía la Administración con nuevas concesiones en el régimen aduanero, tratamiento fiscal, comercio, etcétera, tal como sancionaron la ley de 11-7-1912, de creación de los cabildos; el decreto de 25-1-1946, por el que se configuran las haciendas locales, u otras como la ley de 11-6-1964, por la que se concedieron exenciones en la imposición indirecta. (Todas estas disposiciones constituían nuevas coartadas que evitaban una profundización en el problema canario y buscaban la vía del parcheo para acallar las reclamaciones canarias, apoyándose, eso sí, en las voces interesadas de los interlocutores en Madrid del archipiélago, que veían en la consolidación de la preponderancia comercial y en el mantenimiento del monocultivo -o del bicultivo si incluimos el tomate- la defensa de sus posiciones hegemónicas en la economía isleña.)
Tampoco la ley 30/1972,de régimen económico fiscal, pese a sus declarados propósitos de promover el desarrollo económico y social del archipiélago, supuso una alteración de la postura inhibitoria de la Administración ante el problema canario. En ella aparecen algunas tímidas medidas de impulso económico que, en líneas generales, no se llevaron a la práctica. (Así, la pretendida equiparación de la desgravación fiscal a la exportación de los productos canarios todavía no se ha hecho, la declaración de Canarias como zona de preferente localización industrial ha carecido de frutos apreciables, debido a no haberse establecido ninguna medida diferencia¡ con las profusas zonas declaradas en la Península, la desviación del crédito oficial ha sido inexistente, y no digamos la pretendida estimulación del crédito pesquero. En cuanto a las acciones del INI, han sido enormemente tímidas y continúa Canarias en la cola de las regiones que han sido objeto de las inversiones del Instituto. Sólo la aprobación de la tarifa especial de protección a las producciones propias dentro del mercado canario ha tenido cierta efectividad, aunque no hay que olvidar las tremendas dificultades con que se consiguió.)
En resumen, esta política continuada de esconder la cabeza y suministrar a Canarias como compensación un marco diferencia¡ legislativo carente de un análisis serio sobre las necesidades y potencialidades del archipiélago, nos ha conducido a soportar actualmente una estructura económica absolutamente dislocada con un elefantiásico sector terciario, no apoyado por el necesario sostén productivo, con una distribución del consumo absurda y en desacuerdo con los niveles de renta, privando los bienes superfluos sobre los de primera necesidad, con unas graves deficiencias de equipamiento social, principalmente en la dotación de agua, con la carencia de las infraestructuras educativas y culturales imprescindibles para el desarrollo económico y social de la comunidad, en definitiva, a constituir Canarias hoy día un cuerpo social notablemente distanciado del nivel que por su historia y vinculaciones políticas y económicas le corresponde.
Se impone, por tanto, un cambio radical en el planteamiento dado hasta el presente a la especificidad canaria, haciendo desaparecer las barreras aduaneras, fiscales y comerciales que separan a las islas del continente, al tiempo que deberá tomar plena conciencia la sociedad española de sus obligaciones para con el archipiélago canario. En este sentido habrá que compensar a los canarios de las desventajas inherentes a sus condicionamientos geográficos, estableciendo sistemas de ayudas estatales que equiparen a la Península los precios de los productos de primera necesidad, igualando los costes de los servicios públicos, subvencionando el transporte de mercancías, etcétera. Además, deviene imprescindible la detracción de recursos procedentes de todo el Estado para ser invertidos en Canarias, con objeto de poner en marcha, una vez por todas, las auténticas potencialidades económicas del archipiélago, sea en agricultura, pesca, turismo, industria, etcétera.
En definitiva, se trata de integrar la economía canaria con la del resto de España, en una acción conjunta de todos los españoles, basada en el principio de la solidaridad y, al mismo tiempo, romper la estructura económica actual del archipiélago, configurada de tal forma que la hipertrofia de unos sectores y la atrofia de otros permite la detentación del poder económico por unas pocas manos.
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