Los grupos parlamentarios de oposición rechazan el decreto-ley
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La pregunta formulada por EL PAÍS a representantes de los diversos grupos parlamentarios, y cuyas respuestas ofrecemos a continuación, es la siguiente: ¿Considera que es ajustado a la Constitución el decreto-ley que prorroga la ley antiterrorista, publicado el lunes en el Boletín Oficial del Estado? ¿Por qué?"Evidente, inequívoca y escandalosamente anticonstitucional"Joaquín Navarro Estevan. Es inequívoca y escandalosamente anticonstitucional. Los términos del artículo 86, apartado lº., de la Constitución no admiten la interpretación conculcadora del decreto-ley, ya que éste afecta sustancialmente al ordenamiento del poder judicial y a derechos y libertades básicos. No cabe admitir que se establezca antecedente tan nefasto en la interpretación constitucional. Por otra parte, ya la propia ley, cuya vigencia se intenta prorrogar, impone un atentado contra el texto constitucional, aunque su vigencia fue anterior, por unos días, a la de la Constitución. El artículo 55, 2 de ésta exige, en todo caso, una ley orgánica para la suspensión de los derechos y libertades a que se refiere. Exige también, sin posibles excepciones, la intervención judicial. Ni uno ni otro requisito se cumplen en la ley antiterrorista ni, por tanto, en el que la pretende prorrogar.
Gregorio Peces-Barba. En absoluto. Es evidentemente anticonstitucional. Por lo que supone de prórroga, a través de un decreto-ley, de unas facultades aprobadas antes de la entrada es vigor de la Constitución, situación que, una vez en vigor ésta, con los límites que establece para dictar decretos-leyes, no se puede aceptar. Y es también anticonstitucional porque se aprovecha la ocasión para incorporar competencias a la Audiencia Nacional,. através del decreto-ley, lo cual es también una violación de las garantías procesales y del derecho a la jurisdicción establecidos en la Constitución.
Lo grave es el síntoma que supone, por la falta de interés del Gobierno por las garantías del Estado de Derecho recogidas en la Constitución.
"Prórroga prudente y necesidad de organizar la defensa de la sociedad democrática"Pío Cabanillas. Pienso que sí. El nuevo decreto-ley tiene dos partes. Una es la que amplía las competencias de la Audiencia Nacional sobre un tipo de delitos que, por su propia naturaleza, hacen lógica una competencia de ámbito nacional. La segunda parte, la prórroga de la ley antiterrorista, parece aconsejada por la realidad social y por los hechos recientemente ocurridos. Me parece además que la prórroga tasada de un año es prudente, porque estamos pendientes de que se promulgue la ley de seguridad ciudadana.
Antonio Jiménez Blanco. Sí. Por tratarse de un caso de extraordinaria y urgente necesidad y tener la misma naturaleza que el real decreto-ley cuya vigencia se prorroga, y que ya fue convalidado por el Congreso de los Diputados. Las mismas razones que entonces se esgrimieron por nuestro grupo abonan su constitucionalidad. Los nuevos supuestos que la ley contempla no alteran su naturaleza y se encuadran en la necesidad de organización de la defensa de la sociedad democrática, principio básico del ordenamiento constitucional.
"El Gobierno no debe prorrogar una ley aprobada en Cortes"Simón Sánchez Montero. Lo encuentro desajustado a la Constitución. Porque fue una ley aprobada en Cortes y el Gobierno no debe prorrogarla por sí, sino proponerlo a las Cortes, haciendo un balance de la aplicación de la citada ley durante su vigencia.
"De acuerdo en el tema de fondo, pero el procedimiento no me gusta" Manuel Fraga. Nuestro punto de vista es el mismo que ya defendimos cuando se suscitó este tema en la Diputación permanente del Congreso. Estamos de acuerdo con el fondo de la cuestión, pero el procedimiento no nos gusta. Lo demás lo diremos en las Cortes.
"Viola flagrantemente la Constitución"Marcos Vizcaya. No. Porque la ampliación de competencias de la Audiencia Nacional, al amparo de un decreto-ley dirigido a prorrogar la vigencia de la ley 56/1978, de 4 de diciembre, no nos parece que sea de extraordinaria y urgente necesidad, y viola flagranteménte el artículo 86 de la Constitución.
Para el PNV no debería acordarse la prórroga, por estar ya en el Congreso la ley sobre seguridad ciudadana. No creemos que sea necesaria la prórroga de una ley que ya en su momento votamos en contra, entre otras cosas, por su inconstitucionalidad.
En resumen, el PNV votará en contra de los dos temas que trata el decreto-ley: la ampliación de competencias de la Audiencia Nacional., impresentable, y la prórroga de la ley 56/1978.
"Los derechos y libertades no pueden regularse por decreto-ley"Juan Carlos Aguilar. Considero que no lo es. Porque afecta, a derechos; y libertades regulados en el título I de la Constitución y, por tanto, no pueden ser regulados por decretos-leyes. El argumento del Gobierno de que hay que rellenar un vacío legal hasta que se apruebe la ley de seguridad ciudadana no es válido, porque prestipone la necesidad de tal ley, lo cual es un supuesto muy dudoso. Considero anticonstitucional tanto el decreto-ley como el proyecto de ley sobre seguridad ciudadana, y por ello presentamos una enmienda a la totalidad de éste.
El trato legal dado al terrorismo, con leyes sustantivas especiales, es erróneo: los terroristas son asesinos, y esta calificación es una tipificación del Código Penal. No son más que delincuentes comunes. Su persecución no exige más que medios especiales, pero no leyes especiales.
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