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La ley del Poder Judicial dificulta la unificación de los cuerpos

El proyecto de ley orgánica del Poder Judicial, cuya elaboración esta ya terminada -aunque no ha sido aprobado aún por el Gobierno-, contiene varias disposiciones transitorias en las que se contempla el mandato recogido en el artículo 122 de la Constitución para integrar en un solo cuerpo técnico judicial las carreras de juez de primera instancia y de juez de distrito.Según ha manifestado a EL PAIS la Coordinadora de Jueces, Fiscales y Secretarios de la Justicia de Distrito, dichas disposiciones transitorias no se acomodan a lo que ordena la Constitución en esta materia, ya que se prevé que los actuales jueces de distrito se incorporen a la carrera judicial con el grado de ingreso, sin valorarse su antigüedad y sus méritos profesionales, y sin dárseles oportunidad alguna de promoción profesional, a no ser por el sistema de pruebas selectivas. Estas pruebas selectivas, por otra parte, se reducen para los jueces de distrito a un tercio de las plazas convocadas, a las que podrán concurrir todos los funcionarios. La calificación de dichas pruebas será efectuada por miembros de la carrera judicial, sin participación de los jueces de distrito. Finalmente, los jueces de distrito que permanezcan en el grado de ingreso, únicamente podrán prestar servicios en juzgados de distrito. La Coordinadora de la Justicia de Distrito ha manifestado a EL PAIS que con estas disposiciones «la inmensa mayoría, por no decir la totalidad, de los actuales jueces de distrito quedarán congelados en el grado de ingreso, sin horizonte profesional alguno, incumpliéndose, por tanto, el mandato constitucional instaurador del cuerpo único». Según la Coordinadora de la Justicia de Distrito, el cuerpo único judicial no puede concebirse como tal si se incrustan en él funcionarios con porvenir y funcionarios congelados. Por otra parte, el proyecto de ley orgánica del Poder Judicial silencia totalmente la posibilidad de integración del cuerpo de secretarios de juzgados de distrito.

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