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Cerrado el plazo voluntario para declarar la renta

Ayer concluyó el plazo reglamentario para la presentación en período voluntario de las declaraciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas, correspondientes al ejercicio fiscal de 1978. El plazo ya había expirado, en principio, a finales de mayo, pero fue prorrogado por el Gobierno en otros treinta días.Aunque no existen hasta el momento cifras oficiales sobre el número de declaraciones presentadas, en buena medida porque un elevado porcentaje se cursa a través de bancos y cajas de ahorro, que las retienen varios días después de su presentación por los impositores, las estimaciones del Ministerio de Hacienda señalan, sin embargo, que es muy probable que se haya superado la cifra de las presentadas el pasado año ( 1.950.000) en un 25%, aproximadamente.

Durante las últimas fechas del período reglarnentarlo se han detectado algunas dificultades para la obtención de los impresos, que este año debían ser adquiridos en las expendedurías de Tabacalcra (estancos). Al parecer, estos establecirilientos no estaban de acuerdo con la orden de suministrar los impresos de Hacienda y han cooperado escasamente en su distribución. Por otra parte. se ha producido también un importante acaparamiento de impresos Por parte de las gestorías y asesorías fiscales. Según fuentes del Ministerio de Hacienda, más de cuatro milloes de impresos para la declaración habían sido distribuidos a principios de esta semana. Ante las dificultades de muchos contribuyentes para obtener impresos, las delegaciones de Hacienda comenzaron a facilitarlos en los últimos días de la sernana y en algunas provincias se han anunciado tolerancias en la admisión de declaraciones durante los próximos días.

Por otra parte, también se han reproducido las dificultades habituales para la presentación de las declaraciones en las oficinas de Correos -uno de los métodos autorizados- especialmente en los casos en los que la declaración resultaba positiva. Las quejas y reclamaclones ante las delegaciones de Hacienda, así como llamadas a los medios informativos, muestran que esta modalidad autorizada para presentar las declaraciones es escasamente operativa, en cuanto las operaciones a realizar trascienden el simple envío certificado de los impresos cumplimentados.

Concluido el período reglamentario para presentar voluntariamente la declaración del impuesto sobre la renta, se abre un nuevo plazo en el que se puede efectuar con un recargo del 5% en la cuota (cantidad a pagar al Tesoro). con un tope mínimo de mil pesetas, aplicable sobre todo en las que resulten negativas.

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