La Telefónica actúa
Nadie, nadie puede convencerme de que las quinientas pesetas que me ha cargado la Compañía Telefónica, por suprimir un pequeño apéndice que acompaña a mis señas de abonado en sus guías, no se me cobra dos veces.El delegado del Gobierno en el monopolio me transfiere muy atentamente, y quizá sorprendido, ya que al remitir a la compañía mi reclamación es seguro que la consideró justa, lo siguiente: «Es procedente la aplicación de la cuota en concepto de "por actuación" y que esta tarifa fue aprobada por orden de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos y publicada en el BOE de 11 de febrero de 1978.»
Lo primero que precisa saber es si está bien interpretada esta orden, o si se trata de la letra pequeña, que pasa inadvertida y a la que tantas veces se ha referido el señor Pemán, porque, en cualquier caso, esas quinientas pesetas se me cobran dos veces, toda vez que esas quinientas pesetas las pago englobadas en los conceptos de la cuota de abonado.
¿Qué «actuación» se inventa la Telefónica para cobrar por tal concepto quinientas pesetas? ¿Es que los pasos que hay que dar para complacer al abonado, que obra en uso de un perfecto derecho, no son los propios del negocio?
La «actuación» de la compañía se produce a través de su personal y su realización se encomienda a un ordenador electrónico de su propiedad, que, a través de un juego de discos, rectifica las vicisitudes en forma sencilla e inmediata de sus abonados y estos gastos entran en el precio de coste a facturar como cuota fija al abonado.
Quiénes cobran por «actuación»? Médicos, abogados, etcétera; pero cuando sus servicios (actuaciones) se prestan a un igualado, es decir, a un abonado que con cuota periódica y fija contrata sus «actuaciones», ya los pagos no se duplican.
Así pues, me cabe preguntar: primero, ¿cómo he de resarcirme de este cobro duplicado de quinientas pesetas?; segundo, de que estas quinientas pesetas se cobren simultáneamente con la entrega de guías nuevas y en las que no se ha variado nada, y tercero, ¿cómo debería compensárseme el que se me entreguen guías nuevas en el preciso momento en que se me cambia el número de teléfono y se me condene a estar dos años dado de baja en la guía sin haber solicitado esta «actuación»?, y no se disculpe la compañía de que estos casos son inevitables, que con los medios operacionales de que hoy se dispone no lo son.
Sólo me cabe solicitar del delegado del Gobierno en el monopolio, en forma reglamentaria, que, teniendo en cuenta mis razonamientos, trate de exponerlos ante quien corresponda y se me devuelvan las quinientas pesetas pagadas dos veces, ya que parte de ellas engrosan indebidamente las arcas del Estado.
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