Enseñanza y Constitución
La carta del señor Herrero de Miñón, aparecida en EL PAÍS el pasado domingo 10 de diciembre, nos ha llenado de una profunda satisfacción, al comprobar cómo nuestra Constitución avala realmente las tesis de la Federación de Enseñanza de CCOO (FECCOO) respecto a la - inviabilidad de los «idearios de centro». -En efecto, el señor Herrero de Miñón, todo un ponente constitucional, ha-tenido que renunciar a seguir utilizando la Constitución y recurrir a la legislación ordinaria del franquismo, para apoyar sus increíbles posturas.Sin embargo, es preciso matizar sus aseveraciones., Tras dar por sentada una inexistente e improbable realidad de que haya colegios comunistas o vegetarianos (!), que, de existir, no vendrían sino a ratificarnos en los efectos disgregadores que socialmente tienen los «idearios», hace una afirmación que compartimos: su reconocimiento de la escuela privada como «empresa» y de los profesores como «trabajadores de la enseñanza» (lo que no creemos que compartan sus afines, que hablan de «comunidades educativas» y «profesionales de la enseñanza», respectivamente). Sin embargo, esta afirmación obedece a razones diferentes: a querer conducir el silogismo a través de una legislación obsoleta que la propia Constitución establece renovar por un estatuto de los trabajadores (artículo 35-2), que adecue la legislación laboral al marco democrático y civilizado en que, afortunadamente, se encuentra España.
Quede tranquilo el señor Herrero y no recurra al trasnochado y feudal principio de «fidelidad», o a una imposible «concurrencia» en el campo educativo. La irrenunciable defensa de la libertad de expresión y de cátedra y del pluralismo ideológico consecuente parte,
(Pasa a la página 10)
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