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Magistrados de la Audiencia Nacional piden le sea conmutada la pena a El Lute

Los magistrados de la sección de lo penal de la Audiencia Nacional han propuesto al Gobierno que le sea conmutada a El Lute la pena de doce años de reclusión por seis de caución de conducta, según la sentencia dictada por la Sala de lo Penal de esta Audiencia en la causa seguida contra El Lute y sus hermanos.La caución de conducta significa que el condenado debe presentar un fiador que se responsabilice de que no va a cometer ningún delito, pues si lo hiciera la conmutación de la pena quedaría sin efecto. La sentencia se refiere a las penas impuestas a El Lute y a sus hermanos por diversos delitos cometidos cuando se fugó del penal de El Puerto de Santa María.

Respecto a Eleuterio Sánchez, la sentencia señala que los magistrados le absuelven de varios delitos de los que le imputara el fiscal, reduciéndosele la pena al triple de la pena más grave, resultando ser ésta de doce años y un día de reclusión.

Igualmente, el tribunal tiene en cuenta las reducciones que le corresponden por los decretos de indulto de 1971, 1975 y 1977, razonando el citado tribunal que es la finalidad de toda pena privativa de libertad conseguir la reeducación y reinserción social del condenado, lo que es un hecho público y notorio en el caso de El Lute.

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