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La convocatoria del referéndum para el 6 de diciembre se hará esta semana

El presidente del Gobierno, Adolfo Suárez, se reunió ayer con el ministro de Educación y Ciencia, Iñigo Cavero, y altos cargos de la Administración para estudiar temas relacionados con el referéndum. El Boletín Oficial publicó las normas aprobadas por el Consejo de Ministros el viernes relacionadas con la consulta nacional. El decreto de convocatoria -acordada para el 6 de diciembre- se publicará en la semana entrante.

Junto al señor Cavero asistieron a la reunión, que tuvo lugar en el palacio de la Moncloa, el secretario de Estado para la Información, Manuel Ortiz; el subsecretario del Ministerio del Interior, Jesús Sancho Rof, y el director del gabinete técnico de la Secretaría de Estado para la Información, Josep Meliá.Normas para el referéndum

El Boletín Oficial publicó ayer cuatro reales decretos referidos al derecho de reunión durante la fase de consulta del referéndum, servicios de Correos para el mismo fin, utilización de los Medios de Comunicación Social del Estado y nombramiento de apoderados para el referéndum. Estas normas pueden resumirse, en síntesis, de la siguiente forma:

Reuniones

- Las juntas electorales asumirán las facultades que normalmente son competencia de los gobernadores. Estos conservarán todas sus atribuciones en cuanto al mantenimiento del orden público.

- Quedan excluidas las reuniones en locales abiertos al uso público, en forma de manifestación, marcha, séquito, cortejo o cualquier otra modalidad similar, que no se autorizarán para los fines de propaganda constitucional o del referéndum.

- Estas normas tendrán vigencia desde el día de la convocatoria oficial del referéndum hasta el día siguiente del de su celebración, ambos incluidos.

- No podrán realizarse actos públicos, en relación con propaganda constitucional o del referéndum, a partir de las cero horas del día inmediato anterior a la votación (jornada de reflexión).

- Se establecen tarifas postales especiales para la propaganda del referéndum y se regula la intervención y colaboración de los servicios de Correos.

- En defecto de los notarios, se habilitará a otros funcionarios para el ejercicio de la fe pública en materia electoral.

Media hora diaria en RTVE

Los grupos parlamentarios del Congreso y del Senado dispondrán de media hora diaria en radio y televisión, excepto los sábados y domingos, entre el día de la publicación de la convocatoria y el anterior a la fecha de la consulta -ambos excluidos-.

Este tiempo se distribuye, en principio, en tres bloques de diez minutos. Para TVE, y salvo que se acuerde otra cosa, los horarios previstos son: entre las 15.30 y las 15.40 horas; las 22.00 y las 22.10 horas, y las 23.30 y las 23.40 horas. La distribución será proporcional al número de escaños, y en ningún caso ningún grupo dispondrá de un espacio inferior a cinco minutos.

En Radio Nacional los horarios previstos son, de las 8.30 a las 8.40 horas; de las 14.30 a las 14.40, y de las 23.30 a las 23.40. Las emisoras de Radio Cadena Española conectarán obligatoriamente con Radio Nacional para difundir estas intervenciones.

Televisión y Radio Nacional no podrán contratar publicidad de partidos y asociaciones relacionada con el referéndum. Los periódicos y revistas dependientes del Estado sí podrán hacerlo aplicando sus tarifas normales.

El control de los espacios de RTVE estará a cargo de un comité integrado por doce vocales: seis representantes de la Administración y seis de los grupos parlamentarios, designados por la Junta Electoral Central a propuesta de las mesas de ambas Cámaras, oídas las respectivas juntas de portavoces.

Permiso a los trabajadores

Otro real decreto dispone que los partidos con representación parlamentaria podrán nombrar apoderados para el referéndum, que tendrán libre acceso a todos los colegios electorales y facultad de hacer constar en el acta de la votación todo aquello que consideren conveniente, así como la de formular las reclamaciones que estimen oportunas ante las juntas electorales.

También se declara inhábil a efectos escolares la jornada de votación, ya que la mayoría de las mesas estarán instaladas en edificios docentes.

Por parte del Ministerio de Trabajo se ha dispuesto que los trabajadores tendrán tiempo libre y retribuido para acudir a votar, no superior a cuatro horas, y que las empresas podrán exigir justificante de la votación. Se establece como novedad que los trabajadores miembros de las mesas electorales tendrán derecho a la jornada completa y a cinco horas de reducción en el horario del día siguiente.

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