Solucionado el caso Killer
El Comité Jurisdiccional de la Federación Española desestimó ayer el recurso del Spórting de Gijón en el que se oponía al fichaje de Killer por el Betis. Consideraba dicho recurso que el jugador había sido retenido reglamentariamente. La resolución ha sido adoptada ahora teniendo en cuenta que el Spórting de Gijón no puede tener interés alguno en retener a Killer, cuando antes de presentar el recurso tramitaba el fichaje del segundo jugador extranjero que cubría el cupo permitido. El Spórting podía haber retenido a Killer. Los jugadores extranjeros también están afectados por el derecho de retención.Killer, por tanto, podría fichar por el Betis una vez que se nacionalice español. El club bético tiene cubierto su cupo de extranjeros con Muhren y Peruena. El Spórting de Gijón no recibirá una peseta por el pase de Killer al Betis, lo contrario que parece pretendía desde un principio el club gijonés.
De todos modos, el Spórting de Gijón, con su actitud, al mismo tiempo que favorecía la resolución del caso, se perjudicaba a sí mismo. El club gijonés se mostró dispuesto a prescindir de Killer a finales de la temporada. Por eso se preocupó inmediatamente de cubrir la plaza de extranjero que dejaba vacante. Inició las gestiones para contratar a Ferrero II. El permiso de transferencia de la Federación Argentina se encontró en la Española antes de que el Spórting, presentara el recurso por el que se oponía al fichaje de Killer por el Betis.
El Spórting retuvo al jugador y se lo comunicó a la Federación Española durante el plazo reglamentario para ello. La Federación cometió el grave error de comunicar al club gijonés que el derecho de retención no se puede imponer a los jugadores extranjeros.
El Comité Jurisdiccional no se pronunció ayer sobre el derecho de retención de los jugadores extranjeros, porque no hubo necesidad de plantear el tema. De todos modos sí fue estudiado y se demostró que todas las normas reglamentadas hasta ahora sobre la presencia de jugadores extranjeros en el fútbol español vienen a establecer que desde siempre han estado afectados por el derecho de retención. Dichas normas establecen que los jugadores extranjeros no pueden ser traspasados ni cedidos a otros clubs.
El hecho de que hasta ahora no se haya presentado caso alguno afectado por esta problemática ha confundido la reglamentación del derecho de retención de los jugadores extranjeros. Cruyff pudo haber sido retenido por el Barcelona y aumentar su contrato, cada vez que finalizaba, con el 10% que establece el reglamento y no con cifras desorbitadas, concedidas por miedo a que se marchase a otro club. Otro tanto podríamos decir de las renovaciones que el Atlético de Madrid llevó a cabo con Pereira y Leivinha. Y también con Kempes y el Valencia, que se ha comprometido a pagar cuarenta millones de pesetas por su nacionalidad española.
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