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Los derechos sindicales y políticos de los funcionarios deben figurar en la ley de Bases

La mayor parte de las bases del proyecto de ley sobre función pública elaborado por el Gobierno ha sido contestada, en un proyecto de enmiendas debatido en su primer congreso estatal, por la Confederación de Sindicatos Unitarios de Trabajadores (CSUT) de la Administración. El citado proyecto de enmiendas y las resoluciones del primer encuentro serán entregados el próximo martes al director, general de la Función Pública por dirigentes de la CSUT.Entre las modificaciones propuestas por la CSUT destaca la introducción, en la base primera del texto del Gobierno, del disfrute de los derechos políticos y sindicales por parte del funcionario, «sin otra limitación que la que exige la salvaguardia del funcionamiento adrninistrativo en aras del interés general».

La hoja-curriculum de cada funcionario prevista por el texto del Gobierno en su base catorce, se regula de forma estricta en la enmienda de la CSUT, con la intención de evitar posibles desviaciones hacia promociones políticas y circunscribir su objetivo a la promoción profesional.

Es importapte también la modificación introducida en la base 33 del proyecto gubernamental. Los puestos de director general, subdirectores, delegados, jefes de secretaría y en general aquellos de responsabilidad directiva, que el texto gubernamental considera como fuera de plantilla y de libre designación entre los funcionarios, «serán cubiertos -en la enmienda de la CSUT- por el sistema de promoción profesional interna, a partir de las disponibilidades existentes en el orden de prioridades de promoción a la escala directiva».

El tema de la sindicación de funcionarios, que aparece con criterios restrictivos en la base 35 de proyecto gubernamental -según la CSUT-, es eliminado en las enmiendas de la central, que remite en su articulado a la introducción reseñada en la base primera. Posteriormente, en un artículo que aparece como 35 bis, la CSUT propone, en contra de los criterios fragmentadores del proyecto, «que la constitución de órganos de representación de los funcionarios públicos, elegidos democráticamente y bajo el principio de elección abierta y universal -cada candidato tendrá derecho a ser elegido por todos y cada elector tendrá derecho a votar a cualquier candidato o lista de ellos-, será un derecho reconocido y protegido para cada centro de trabajo y ministerio».

En las bases 37 y 38, que se refieren a las incompatibilidades de los funcionarios y a su control, la CSUT introduce un mecanismo de acción pública «para la denuncia de las posibles violaciones por los funcionarios de sus incompatibilidades».

En cuanto a retribuciones -base 43 del texto gubernarriental-, la CSUT añade el principio de la negociación colectiva para los funcionarios.

También son importantes las modificaciones establecidas por la central sindical a la disposición final primera del proyecto, que fija un plazo de un año a partir de la publicación del mismo para que el Gobierno promulgue los textos articulados de la ley. La enmienda de la CSUT reduce a seis meses el plazo y propone la creación de una comisión tripartita (Administración, parlamentarios y centrales) que proponga el contenido de los textos articulados, con el objetivo de que los mismos no sean exclusiva iniciativa de un Gobierno determinado.

Todas estas enmiendas, según el secretario general de la CSUT de la Administración, se han elaborado partiendo de dos criterios básicos: la eficacia en la gestión administrativa y la conciencia profesional de los funcionarios.

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