El decreto evita la contraposición listas abiertas-listas cerradas
El decreto regulador de elecciones sindicales no entra en la contraposición listas abiertas-listas cerradas, sino que establece en 250 trabajadores el límite entre lista de candidatos y candidaturas en listas, según ha matizado el ministro de Trabajo, Jiménez de Parga, a Europa Press.Según el ministro, en las empresas de menos de 250 trabajadores no se podrá hablar de listas abiertas, puesto que el elector tendrá una sola lista.
Con este sistema, «además del derecho de la mayoría, según el ministro, se respetan los legítimos intereses de las minorías en las empresas.
«Tampoco se puede hablar -agrega Jiménez de Parga- de listas cerradas en las empresas que superen la cifra de 250 trabajadores. En estos casos, serán candidaturas en listas, con una relación de aspirantes que pueden llegar a rebasar hasta en un 50% el número de puestos a cubrir.
En cuanto a la distinción de colegios electorales para administrativos y técnicos, de una parte, y de otra para los demás trabajadores, el ministro recuerda que la jurisprudencia sobre esta materia es muy rica en matices, «pero de su lectura se desprende que tanto nuestro real decreto como el. proyecto de ley se acomodan perfectamente a lo que existe en los países de la Europa comunitaria».
El ministro concluye sus declaraciones a Europa Press expresando su confianza en que empresarios y trabajadores acogerán bien las normas sobre las elecciones, al tiempo que señala la falta de unos sindicatos fuertes y sólidamente implantados entre los trabajadores. «Hubiera sido un milagro conseguir un sistema sindical parecido al europeo en pocos meses y después de la larga época de la clandestinidad y la persecución. Yo aplaudo los esfuerzos de los sindicatos democráticos, pero los milagros no se dan nunca en política», asegura Jiménez de Parga.
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