Liquidación de restos del franquismo
«No han faltado ataques contra al gunos partidos por pretende conseguir resoluciones aisladas del Gobierno en determinadas mate rías antes que luchar prioritariamente por la construcción de un adecuado marco constitucional. Lo primero, lo prioritario, dicen, es la Constitución. Una vez resuelto el problema constitucional, lo demás vendrá por añadidura.El caso español, sin embargo, ofrece singularidades que pueden hacer inviable lo que, en principio, parece más lógico. En teoría no nos encontramos propiamente en un período constituyente, sino ante una situación de «reforma total» de las leyes vJgentes. No existe ese vacío legal que se produce siempre durante un período más o menos breve en que se abre el proceso auténticamente constitucional. Todo se ha hecho siguiendo las leyes del franquismo( ... ).
Cuando en el año 1966 se promulgó la ley Orgánica del Estado se vendió por la propaganda tecnócrata como un ejemplo de que pensaba instaurarse un auténtico Estado de Derecho. Sin embargo, por encima de su compleja y minuciosa normativa, en las disposiciones transitorias se dejaban vigentes las leyes de 30 de enero de 1938 y 8 de agosto de 1939, que mantenían prácticamente intactos los poderes absolutos de Franco. Es decir, en esencia, seguíamos siendo tan dictadura como cuando nuestras leyes nos definían como «Estado totalitario al servicio de la integridad patria».
Nada tiene de anómalo que el pueblo desconfíe de que bajo un nombre distinto piensa servírsenos el mismo plato político. Sobre todo si tenemos en cuenta que los nombramientos de los Consejos de Ministros continúan recayendo sobre los hombres de siempre o sobre sus herederos políticos.
4 de agosto
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