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El fin de la sindicación obligatoria, en el "BOE"

La extinción de la sindicación obligatoria de empresarios y trabajadores, la aplicación de la ley General Presupuestaria a la Administración Institucional de Servicios Socioprofesionales, la reorganización de este organismo y la transferencia de algunos de sus servicios a otros departamentos ministeriales, aprobados en el último Consejo de Ministros (véase EL PAIS del día 3), apareció publicada ayer mediante un decreto en el Boletín Oficial del Estado.El día 1 de julio terminará la sindicación obligatoria, y quedará sin efecto la obligatoriedad del pago de la exaccción parafiscal que finaciaba la AISS. Los funcionarios de este organismo pasan a regirse por la ley de entidades autónomas, en tanto que el personal no funcionario continuará regulado por su actual sistema jurídico- laboral.

El Gobierno podrá adoptar la legislación correspondiente para llegar a la creación y reforma de corporaciones de derecho público y organismos autónomos que, sin menoscabo de la libertad sindical, realicen funciones de promoción y gestión de intereses generales.

Asimismo el Gobierno, según el decreto publicado ayer, podrá adoptar determinadas condiciones de edad y antigüedad para que los funcionarios de la AISS, puedan solicitar una jubilación voluntaria anticipada, con plenitud de derechos económicos equiparable a los atribuidos a la jubilación forzosa.

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