Registro de notificación de créditos electorales
Ha quedado creado, por un real decreto de la Presidencia del Gobierno, publicado en el Boletín Oficial del Estado de ayer, el Registro de Notificaciones, en el que los partidos, coaliciones y agrupaciones de electores que concurren a las elecciones deberán inscribir las entidades de las que han obtenido anticipos o créditos para las actividades electorales.El Registro de Notificaciones, previsto en el artículo 44 del decreto-ley sobre normas electorales de 18 de marzo pasado, dependerá directamente del secretariado de la Junta Electoral Central, y responde a la conveniencia de que las entidades de crédito puedan conocer fehacientemente que la subvención que por parte del Estado pueda corresponder a los partidos, coaliciones o representantes de candidaturas, ha sido destinada al reembolso de sus créditos.
Las notificaciones se inscribirán por riguroso orden de recepción, el cual constituirá a su vez orden de prelación para el percibo de las subvenciones afectadas al reembolso de los créditos
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