_
_
_
_
_

Los sindicatos democráticos contra la regulación verticalista de la huelga

Un rechazo absoluto a la propuesta de ley de derecho a huelga, presentada a las Cortes por el Consejo Nacional de Trabajadores (ver EL PAIS de ayer), es el denominador común de las respuestas dadas por Comisiones Obreras, Solidaridad de Obreros de Cataluña, Confederación Nacional del Trabajo, Unión Sindical Obrera y Unión General de Trabajadores, a una encuesta sobre el tema realizada por Europa Press.

Marcelino Camacho, en nombre de CCOO, condena el oportunismo político y electoral de los verticalistas que postulan ahora, para sobrevivir, el derecho de huelga, al que tantas veces se han opuesto. El derecho de huelga que defiende CCOO, según Marcelino Camacho, debe basarse en el pleno reconocimiento de tal derecho, lo que supone la derogación de toda la legislación limitativa de su ejercicio y la reforma del código penal.Para Xavier Casas, representante del SOC, la propuesta de ley se produce en una situación de falta de libertades, lo que permite el absurdo de que el proyecto encomiende al Ministerio de Trabajo el desarrollo del mismo. «Hombres como Noel Zapico, que en 1974 se oponía a la ratificación del convenio 87 de la OIT, y en 1976 dice que el Gobierno debe ratificarlo, no son precisamente los idóneos para presentar proyectos como el que nos ocupa.» Para el SOC, el derecho de huelga debe estar precedido por la libertad de asociación sindical y su regulación tiene que producirse tras un proceso de discusión democrática en un parlamento, en base a un proyecto realizado por las centrales y el Gobierno.

La CNT, por su parte, considera la huelga como un derecho inherente de los trabajadores, que no puede ser legislado o regulado en modo alguno por un organismo estatal o paraestatal. Son los trabajadores y la patronal, en cada caso, opina el secretariado permanente, quien deben regular la huelga.

José María Zufiaur, secretario general de USO, encuentra que el proyecto del Consejo Nacional adolece de un defecto básico: partir del principio de que el derecho de huelga ha de ser reglamentado. USO entiende que el derecho de huelga debe ser reconocido constitucionalmente, y que a partir de tal reconocimiento, suprimida la legislación limitativa de su ejercicio, los límites de la huelga deben ser el código penal, y su regulación, la actuación responsable de trabajadores y centrales sindicales.

Manuel Chaves, miembro de la ejecutiva de UGT, espera que la iniciativa de los verticalistas no pase de ser eso, una iniciativa. Opina que la regulación de la huelga podía ser hecha por el Gobierno, al menos transitoriamente, hasta unas futuras Cortes constituyentes, a través de un decreto-ley en cuya elaboración participen las centrales sindicales. La postura de la UGT sobre el tema es el reconocimiento constitucional del derecho a huelga sin otras limitaciones que las usuales en el resto de los derechos reconocidos. El ejercicio de este derecho debe ser reconocido sólo a las centrales sindicales democráticas.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_