La situación de los ilegítimos en España es precaria
El tema de la filiación legítima e ilegítima fue desarrollado ayer, en la segunda jornada del Congreso de Mujeres Juristas, por la doctora María Pilar Aguado. También se presentaron ponencias relativas a la patria potestad, alimentos, conflicto y ruptura matrimonial, y el tema de la mujer como sujeto activo y pasivo de las leyes sociales y fiscales.
«Biológicamente no puede haber un ser humano sin padre o sin madre, y por el contrario jurídicamente, no es absurdo la existencia de un ser humano sin ellos», dijo la doctora Aguado con relación a la problemática actual de la filiación.«El derecho -expuso la ponente- aprueba tan solo un medio para constituir la familia, que es el matrimonio. Fuera del mismo están las apariencias y figuras jurídicas que dan valor de relación filial a estados anómalos».
Señaló la doctora Aguado: «No debe confundirse la filiación con la legitimidad; la primera es la simple calidad del hijo, la segunda es un atributo de la filiación». Planteó la doctora la antinomia de los artículos 63 y 51 del Código Civil al preguntar si son legítimos los hijos de matrimonio nulo, y analizó la fórmula de «Ley de bases» que establece un sistema permisivo limitado en cuanto al. padre y, por el contrario, absoluto respecto a la madre.
Terminó su exposición recordando los puntos de la Declaración de Derechos del Niño, respecto a la cual «la situación legal de los hijos ilegítimos en España es precaria».


























































