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Resuelto el expediente de crisis de Unión Naval de Levante

La Delegación de Trabajo de Valencia ha resuelto sobre el expediente de crisis solicitado por Unión Naval de Levante, SA, Astilleros de Valencia. Fuentes próximas a los trabajadores han manifestado que en conjunto la resolución les favorece, ya que deniega prácticamente todos los puntos que les perjudicaban. Sin embargo, por desconocer todavía la actitud de la empresa y al existir la posibilidad de que ésta recurra en el plazo de los próximos quince días, el jurado de empresa no ha querido hacer comentarios más explícitos.En este sentido, ha hecho pública una nota en la que manifiesta que «no podemos hacer ningún comentario, ya que se reunirá la junta sindical el próximo lunes. Cualquier comentario particular sobre este punto sea del tipo que sea y quien lo haga puede perjudicar los intereses que defendemos, único motivo que nos aconseja una toma de posición seria, responsable y representativa». Prometen facilitar más detalles tan pronto como la junta sindical y vocales jurados de empresa estudien a fondo la resolución.

En síntesis, la Delegación de Trabajo ha resuelto:

- Determinar la jubilación forzosa de los trabajadores de la plantilla que en esta fecha tengan 65 años o más de edad.

- Autorizar la jubilación anticipada de los 145 trabajadores mayores de 60 años a que se refiere una relación que se adjunta en el expediente en las condiciones legalmente establecidas al respecto, y con la aportación del 50 por 100 del coste de su financiación con cargo a la empresa.

- Denegar la suspensión temporal de los contratos de trabajo que, para 405 trabajadores y por un período de seis meses, solicita Unión Naval de Levante.

- Denegar el ofrecimiento de resolución o extinción de los contratos de trabajo de los productores con una antigüedad máxima de dos años con las indemnizaciones fijadas por la empresa.

- Denegar la petición de autorización para que con carácter excepcional puede acoplar el personal en otros puestos de trabajo, denegación que se fundamenta en razón a no haberse autorizado la suspensión de contratos de trabajo.

- Declarar amortizadas las vacantes producidas en la plantilla de personal y las que se pueden producir hasta el 31 de diciembre del presente año.

Esta resolución se ha producido con cerca de dos meses de retraso, lo que hace suponer la dificultad de la Delegación de Trabajo para determinar las características de la misma. El 21 de junio la empresa presentaba su informe de expediente de crisis, que debía haber sido resuelto, según la legislación reguladora de empleo de 2 de noviembre de 1972, en el plazo de treinta días. Paralelamente, el jurado de empresa presentó su contrainforme basado en argumentos de tipo jurídico y económico. Entre tanto, los 2.300 trabajadores que integran la plantilla realizaban una manifestación autorizada a mediados de junio y continuas asambleas.

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