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La reforma del Código Penal

El Pleno de las Cortes convocado para el día 6 de julio, -fecha de entrada en vigor de la ley de Asociaciones- se celebrará por el procedimiento de urgencia y tendrá como único objetivo el proyecto de ley sobre la reforma del Código Penal, cuyo principal contenido político reside precisamente en la tipificación de partidos ilícitos que contiene.

En el Pleno de las Cortes celebrado por el procedimiento de urgencia los días 8 y 9 de junio se aprobó el proyecto de ley, sobre el derecho de asociación política -que, publicado en el Boletín Oficial del Estado el paísado día 16, entrará en vigor el día 6 dejulio- y se aprobaron asimismo las líneas fundamentales del proyecto de ley de reforma del Código Penal, que se remitió a la Comisión de Justicia.Entre tales líneas fundamentales figuraba un punto concreto por.el que.se configuraban como asociaciones ilicitas las siguientes:

Las que por su objeto y circunstancias sean contrarias a, la moral pública.

-Las que tengan por objeto cometer algún delito.

-Las que tengan por objeto la subversión violenta o la destrucción del orden jurídico, político, social o económico, o el ataque, por cualquier medio, a la soberanía, a la unidad o independencia de la patria, a la integridad de su territorio o a la seguridad nacional.

-Las que promuevan la discriminación entre ciudadanos por razon de raza, religión, sexo o situación económica.

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-Las que, sometidas a una disciplina internacional se propongan implantar un sistema totalitario.

Los citados puntos concretosfueron incorporadosal dictamen de la Comisión de Justicia, que se reunió en sesiones de mañana y tarde durante los tres días de la pasada semana.

En relación con el último único que no fue objeto de debate en el Pleno, por no figurar en el informe de la ponencia e introducirse en el último momento la Comisión de Justicia aprobó también una sugerencia, que según Logos, se dará a conocer al, Pleno, al tiempo que el dictamen de la comisión.

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