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Futbolistas inválidos de 30 años

El Tribunal Supremo rechaza que la carrera de un futbolista acabe en la treintena y reconoce una pensión vitalicia a un profesional lesionado antes de esa edad

Rafael Pineda
Ludovic Assemoassa en el momento de su lesión de rodilla con Togo.
Ludovic Assemoassa en el momento de su lesión de rodilla con Togo. Christof Koepsel (Getty )

¿Cuándo acaba la carrera de un futbolista? ¿Es de recibo pagar con las cotizaciones de la Seguridad Social una pensión vitalicia a un jugador que por su profesión tendrá una vida laboral corta? Hasta este momento la barrera de los 30 años era considerada un límite por los tribunales de justicia y la Seguridad Social para delimitar si un futbolista tenía derecho a una pensión al lesionarse de gravedad antes de esa edad y no poder seguir desempeñando su profesión. El Tribunal Supremo acaba de reconocer la invalidez a un futbolista, Amevou Ludovic, lesionado de gravedad con 25 años y que a los 30 solicitó al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) la incapacidad permanente total derivada de accidente de trabajo.

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Según se recoge en la sentencia, Ludovic jugó como profesional en el Ciudad de Murcia y el Granada 74 entre febrero de 2006 y junio de 2008. Dos meses y medio después de incorporarse al Granada 74, el futbolista sufrió una grave lesión en su rodilla cuando jugaba un partido con la selección de Togo en el Mundial 2006 de Francia. Tras ser operado, estuvo de baja más de un año. En la temporada 2010-11 perteneció al Limonest francés, donde no jugó ni un partido. El 16 de diciembre de 2010, el futbolista solicitó al INSS la incapacidad permanente total derivada de accidente de trabajo. Alegó que la última empresa donde había trabajado fue el Granada 74.

El organismo rechazó su propuesta al entender que no prestaba servicios para una empresa española. El juzgado de lo Social número 14 de Barcelona, sin embargo, estimó en parte la demanda del futbolista y declaró la situación de incapacidad permanente total para su profesión, derivada de accidente de trabajo. Condenó a la Seguridad Social a abonarle el 55% de su base reguladora de 34.772,40 euros anuales. Ludovic recibirá una pensión de algo más de 19.000 euros anuales. A los 55 años, esta pensión será del 75% de su base reguladora hasta la fecha de su jubilación.

Al estimar el recurso presentado por la Mutua de Accidentes de Trabajo, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña revocó la sentencia señalando que en diciembre de 2010, fecha en la que el futbolista solicitó la incapacidad por sus problemas de rodilla, ya había cumplido los 30 años. Ahora, la Sala Social del Supremo deja sin valor esta sentencia del tribunal catalán. “No existe norma alguna que impida a un futbolista el ejercicio de su profesión a la edad de 30 años. Es razonable que a esta edad puede ejercerse”, reconoce el Tribunal Supremo en su sentencia..

“Esta sentencia supone una unificación importante de doctrina. Los tribunales no eran unánimes en cuanto a la edad como elemento definitivo para validar el final de la carrera de un futbolista. Ni los decretos leyes ni el Estatuto de los Trabajadores colocan una edad límite para dejar de ser futbolista. La edad ya no será baremo para impedir la invalidez”, afirma José María Borreguera, director de estudios y proyectos jurídicos de la AFE, la Asociación de Futbolistas Españoles. “Es una sentencia de sentido común. Hay futbolistas reventados que aguantan con 32, 33, 34 o 35 años porque no se atreven a pedir una invalidez. Eso cambia a partir de ahora”, añade el representante de la AFE.

Desde esta sentencia, si un futbolista cumple con los requisitos para el reconocimiento de su incapacidad, no podrá utilizarse en su contra la presunción de la finalización de su carrera por motivos de la edad. En la práctica, y después de que la Seguridad Social denegara muchas pensiones desde el inicio de la crisis económica en 2008, los juzgados no podrán exponer la edad como elemento incapacitante. Jugadores lesionados de gravedad con 27 o 28 años, que luego intentan jugar sin éxito, pueden solicitar la pensión de invalidez con 30, 32 o 33 años o más. Y según esta sentencia unificadora del Supremo la Seguridad Social les debe conceder la pensión por invalidez. Los futbolistas están sujetos desde 1986 al régimen general de la Seguridad Social y tienen los derechos de cualquier trabajador. La cuestión clave reside en saber en cuánto ha incidido una lesión grave para propiciar la retirada o el adiós se debe al desgaste típico de un futbolista. Lo que no servirá ya de pretexto será la edad del futbolista.

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