“Una oportunidad de oro”
La fiscal concluye su alegato recordando el daño del dopaje a la imagen de España
Desde que descubrió Radio Olé, el abogado de Eufemiano Fuentes, un canario llamado Tomás Valdivielso, ve el mundo con ojos de copla, amores rotos y corazones sangrantes. Lo cuenta, casi emocionado, antes de entrar en la sala a oír los alegatos de las acusaciones, sin sospechar que a su copla, a la que tenga preparada para abogar cuando le toque por su médico amigo, se le iba a anticipar la fiscal con un bolero en el que Eufemiano aparece, con su nombre propio, sin necesidad de apellidos ya, no como alma, corazón y vida, pero casi, como “alma e ideólogo, director y controlador” de una trama, un cuarteto de película de Alec Guinness casi (Eufemiano, Yolanda, Manolo y Macario), que nadaba en un piso de Madrid entre bolsas de concentrados de glóbulos rojos congelados, “un mar de sustancias medicamentosas y 11 pastillas de Rohipnol”.
Fue así, más o menos, la razón poética que sustenta la petición de dos años de cárcel para los cuatro (un líder, una sucesora, un socio y un colaborador intermediario) por parte de una fiscal que cree probado que cometieron un delito continuado contra la salud tal como lo tipifica el artículo 361 del Código Penal. “Es un artículo de peligro”, explica durante sus dos horas y medía de disertación. “Es decir, no se requiere resultado lesivo [es decir, un muerto o un herido probado por las prácticas del grupo], sino conductas que puedan provocarlo”.
Código penal. Artículo 361
► Los que expendan o despachen medicamentos deteriorados o caducados, o que incumplan las exigencias técnicas relativas a su composición, estabilidad y eficacia, o sustituyan unos por otros, y con ello pongan en peligro la vida o la salud de las personas serán castigados con las penas de prisión de seis meses a dos años, multa de seis a 18 meses e inhabilitación especial para profesión u oficio de seis meses a dos años.
Y para la fiscal los peligros del “marco clandestino” de las operaciones llegaba por tres vías: por la falta de condiciones higiénico-sanitarias para las transfusiones y la conservación de la sangre, por la elevación del hematocrito (ay, la terrible viscosidad) y la mezcla de la sangre con la administración de medicamentos peligrosos, ilegales, prohibidos, en mortífero cóctel destinado a “mejorar el rendimiento de los ciclistas”.
Y a la fiscal, ya llevada definitivamente por la retórica, los dos años máximo de prisión que prevé el 361 le parecían pocos para castigar a los acusados, máxime teniendo en cuenta que si bien solo se les podía juzgar por un delito contra la salud, también habría que reprocharles sus conductas antideportivas, no penalizables en 2006, y su mancha a la marca España. Y así terminó su alegato, solicitando que se entregue las bolsas de sangre a las autoridades deportivas: “Esta es una oportunidad de oro para limpiar la imagen del deporte español, siempre empañada por el dopaje, y la salud de los ciclistas”.
Tan extensa, más concreta, menos poética, ni copla ni bolero, su compañera de pupitre, la abogada del Estado, edificó su alegato contra los cinco acusados (incluye a Belda) siguiendo la huella de las “13 mentiras y varias contradicciones” que había detectado en la declaración de Fuentes. Negando al médico, y a Manolo Saiz, objeto predilecto de sus atenciones —avisó a la juzgadora de que iba a dar plena validez a las declaraciones de los imputados ante la policía sencillamente porque Saiz allí dijo lo que no habría querido decir, que Fuentes llevaba a ciclistas del Liberty y que él le debía dinero, 60.000 euros— la representante del Consejo Superior de Deportes (CSD) afirmó su verdad. No habló de medicamentos, sino de sangre solamente, y, como antes la fiscal, salvó con elegancia el mayor obstáculo, la no consideración de la sangre como medicamento por la legislación española (recuerden que el artículo 361 solo habla de medicamentos). La elegancia de su argumento partió del sentido común, del diccionario de la lengua —medicamento: sustancia que, administrada interior o exteriormente a un organismo animal, sirve para prevenir, curar o aliviar la enfermedad y corregir o reparar las secuelas de esta— y de diversa jurisprudencia hasta del Tribunal Supremo que concluye que sin duda “la sangre es un medicamento”.
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