El juez del caso de la prensa española contra Meta: “Dedicamos a las redes sociales muchas horas y la información sobre los usuarios debe usarse con rigor”
El juicio sobre la demanda de 87 cabeceras contra el gigante tecnológico por competencia desleal se celebrará en octubre del año que viene
La Audiencia previa tras la demanda presentada el pasado diciembre por más de 80 medios de comunicación españoles contra Meta por competencia desleal ha concluido este martes, en el juzgado mercantil número 15 de Madrid, con la fijación del juicio para los dos primeros días de octubre del año que viene. Y hacia el final de la sesión, el magistrado Teodoro Ladrón Roda ha pronunciado una serie de reflexiones en torno a la vida híperconectada de nuestro tiempo. “Como se sabe, estamos dedicados a las redes sociales muchísimas horas del día”, ha dicho el juez. “La cantidad de información que ahí se tiene sobre los datos de los usuarios es enorme y debe ser usada con rigor”.
Los demandantes, agrupados en la Asociación de Medios de Información (AMI) —EL PAÍS, entre ellos—, solicitan que la filial de aplicaciones como Facebook, Instagram y WhatsApp liderada por Mark Zuckerberg y con sede en Irlanda sea condenada al pago de más de 551 millones de euros. En concreto, por la venta de publicidad digital mediante el uso de datos personales de sus usuarios contraviniendo la legislación europea entre mayo de 2018 y finales de julio de 2023. En su contestación a la demanda, Meta considera que se trata de un “desatinado intento de un grupo de medios de comunicación tradicionales españoles de solicitar una compensación a Meta Ireland por la propia incapacidad de aquellos medios para mantenerse al día con el proceso global de digitalización en el sector publicitario”.
Ante la inexistencia en la Audiencia previa de acuerdo entre las partes, que por otra parte han manifestado la disposición a negociar en paralelo a la tramitación del proceso, el juez ha dado paso a la celebración del acto, que ha contado con traducción simultánea para los asistentes como público del gigante tecnológico. Tras un intenso debate sobre las pruebas presentadas por cada parte, el asunto más controvertido se ha centrado en el consentimiento que los usuarios hacen a través de las cookies que rastrean sus dispositivos electrónicos para realizar publicidad personalizada.
El abogado de Meta, Javier de Carvajal Cebrián, ha argumentado que aceptar el rastreo de cookies en sus aplicaciones no implica aceptar la política de privacidad para recibir publicidad personalizada. Para el letrado representante de los medios de comunicación demandantes, Nicolás González-Cuéllar, que ha aportado las políticas de privacidad y cookies de diferentes medios, estas últimas son una herramienta útil en el mercado publicitario. González-Cuéllar recalcó además que ninguno de los medios a los que representa han sido cuestionados por su política de protección de datos, asunto que precisamente constituye el objeto de esta demanda colectiva contra el gigante tecnológico.
“Minimizar” el uso de datos con fines publicitarios
El juez ha resuelto la cuestión admitiendo que las políticas de cookies son relevantes en este caso. Y lo ha argumentado con la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) C-446/21, que resuelve sobre otro caso de tratamiento de datos personales donde Meta se ha visto involucrada que “se debe minimizar” el uso de estos datos con fines publicitarios. Y ha sido en este momento, pasada una hora y cuarto de sesión, cuando el magistrado ha compartido una serie de reflexiones sobre el momento hiperconectado que vivimos. “Como se sabe, estamos dedicados a las redes sociales muchísimas horas del día. La cantidad de información que ahí se tiene sobre los datos es enorme y debe ser usada con rigor”. A continuación, el magistrado ha añadido en su argumentación para rechazar el recurso planteado por el abogado de Meta que mediante las redes sociales es posible conocer la ideología, la religión, la orientación sexual y las opiniones políticas de sus usuarios. “Cómo se controla el progreso, en el que todos estamos ahí metidos, con la protección de datos”, ha planteado el juez.
Tras admitir como prueba las políticas de cookies presentadas por los demandantes, el magistrado ha añadido que así podrá demostrarse si la compañía demandada ha actuado o no con una ventaja competitiva respecto a los medios de comunicación en el mercado publicitario. Respecto a estos últimos, ha indicado: “Es cierto que el periodismo escrito está en una crisis, y es también económica. En esa competencia se puede obtener una ventaja competitiva significativa, y le admito la prueba al señor letrado. A ver si ustedes están haciendo lo mismo: que se vea si hay o no ventaja competitiva”.
Todo se dirimirá el 1 y el 2 de octubre del año que viene, a no ser que las partes lleguen antes a un acuerdo. Las dos sesiones previstas incluirán interrogatorios de testigos aportados por Meta y que son empleados de la filial española de Facebook, además de la intervención de los peritos y las conclusiones, tras las cuales quedará visto para sentencia. La compañía de Mark Zuckerberg afronta además en España otra demanda similar, presentada el mes pasado por las televisiones y las radios asociadas de UTECA y AERC Radio Value, en la que reclaman más de 160 millones de euros.
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