El Consejo de Seguridad Nuclear abre un expediente a una industria de Tarragona por la alta exposición radiactiva sufrida por dos trabajadores
El supervisor detecta varias irregularidades, como la tardanza en comunicar los incidentes o el extravío de los dosímetros


El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) tiene una investigación abierta para aclarar las causas de una sobreexposición radioactiva sufrida por dos trabajadores en una industria de Tarragona que usa unos aparatos llamados gammágrafos. Los afectados son empleados de la firma de inspección OCA ICP y, en dos trabajos realizados el 16 de julio y el 23 de septiembre, sufrieron radiaciones muy superiores a los límites permitidos por el reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes. En el primer caso, el operario presentaba una exposición de 68,84 miliseverts (mSv) y en el segundo la cifra llegaba a los 3.000. El CSN pone de relieve que los límites anuales de dosis están fijados de acuerdo con lo que establecen las directivas de la Unión Europea. Para los trabajadores profesionalmente expuestos, el límite es 50 miliseverts por año o un máximo de 100 mSv acumulados cada cinco años.
Supuestamente, los afectados entraron a realizar tareas en un espacio de frecuencia radioactiva sin adoptar las medidas de protección obligatorias. El CSN, en un comunicado, ha puesto de relieve varias irregularidades en el caso, como el extravío de los dosímetros de uno de los trabajadores y la tardanza en la comunicación del incidente. “No se ha realizado con la prontitud exigida, en el plazo de 24 horas”, razona el informe.
Uno de los trabajadores, el que sufrió una exposición más alta, ha sido sometido a una dosimetría biológica. La Universidad Autónoma de Barcelona se encargó de realizar la prueba y concluyó que estuvo expuesto “a las radiaciones ionizantes a una dosis a cuerpo entero de 0,9 gray (Gy)”.
Normalmente, el sievert no se utiliza para valorar altas tasas de dosis de radiación que producen graves daños, como el síndrome de irradiación aguda. Estos efectos se comparan con la cantidad física de dosis absorbida, medida por la unidad gray (Gy). No hay un umbral mínimo de seguridad y médicamente se considera que la exposición corporal total 1 unidad Gray (Gy) causa enfermedad por radiación.
El CSN refiere que no se han observado alteraciones analíticas (disminución de glóbulos blancos en sangre) ni clínicas (enrojecimiento de la piel, depilación, quemaduras, náuseas o vómitos) en los empleados afectados. Pero al haber habido dos implicados con exposiciones a una radiación por encima del límite legal, el suceso se ha clasificado como nivel 2 en la Escala Internacional de Sucesos Nucleares y Radiológicos (INES). La escala tiene hasta siete niveles (el mayor está reservado a los accidentes nucleares graves), pero que un incidente alcance el nivel 2 es muy inusual en España.
El CSN dice estar a la espera del informe que tiene que presentar la empresa donde estaban realizando tareas de inspección los dos afectados por la radiación. En ese informe debe aparecer el plan de acción de mejora de las “deficiencias” detectadas en el funcionamiento de la planta y el análisis final del incidente. Cuando tenga todos los datos, el regulador nuclear elaborará una “propuesta de expediente sancionador”.
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