Podemos impide que su marca catalana vete la lista de Domènech
La Comisión de Garantías de Podem rechazó el jueves la candidatura del líder de Catalunya en Comú


La Comisión de Garantías Estatal de Podemos concluyó ayer que la decisión de la Comisión de Garantías de Podem Catalunya que rechazaba la candidatura del líder de los comunes, Xavier Domènech, a las primarias de Podem es nula porque no es un órgano competente. El órgano autonómico permanece en funciones desde la dimisión del exsecretario general Albano Dante Fachín.
La candidata a las primarias de Podem y senadora Célia Cánovas y el inscrito Lluís Romance habían presentado un recurso de incompatibilidad contra la candidatura de Domènech por considerar que no podía presentarse a las elecciones internas a la Secretaría General por ser el líder de la formación catalana Catalunya en Comú, con representación en el Parlament de Catalunya.
Así, presentaron dos recursos en el Comité Electoral del partido y éste los rechazó al no encontrar incompatibilidad alguna. Los documentos de Podemos indican que no se puede presentar a un cargo de Podem un candidato de otra formación que apueste por ideas contrarias a las que defiende el partido.
En las primarias de Podem se escoge el Secretario General, el Consejo Ciudadano Estatal —la dirección—, y la propia Comisión de Garantías, por lo que durante el proceso de primarias, un Comité Electoral creado para la ocasión se encarga de velar por los estatutos y por las incompatibilidades.
Sin embargo, tras la decisión del Comité, Cánovas y Romance decidieron llevar a la Comisión de Garantías catalana sus recursos y este órgano les dio la razón. La decisión fue especialmente polémica porque dos de los cinco miembros del órgano autonómico tuvieron que inhibirse del dictamen al formar parte de otras candidaturas.
La Comisión de Garantías Estatal se reunió ayer para evaluar la posible incompatibilidad de la candidatura de Domènech, y finalmente dio validez a la lista.
El escrito de la comisión estatal legitima todas las validaciones del Comité Electoral, al entender que no compete a la Comisión catalana revisar las decisiones de este comité.
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