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Cuatro años de cárcel a una conductora que mató a un ciclista y huyó

El juez le reprocha a la autora que no se bajara siquiera a atender al herido

F. Javier Barroso
Homenaje el 8 de mazo de 2016 por el ciclista atropellado en la calle de Alberto Alcocer.
Homenaje el 8 de mazo de 2016 por el ciclista atropellado en la calle de Alberto Alcocer.Kike Para
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Cronología de un atropello ciclista

La conductora de un todoterreno Mercedes ML 320 que mató a un ciclista de 33 años el 6 de marzo de 2016 y después huyó ha sido condenada a cuatro años y cuatro meses de prisión y a la pérdida del permiso de conducción. El titular del Juzgado de lo Penal número 13 de Madrid, Francisco Manuel Bruñen Barrera, la considera culpable de un delito de homicidio por imprudencia grave y de otro de omisión del deber de socorro. El magistrado reprocha a la autora del atropello que se pusiera a los mandos de su vehículo pese a estar agotada y que no se parara a ver en que estado había quedado su víctima.

La sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, considera probado que la conductora, de 25 años, condujo el Mercedes propiedad de su madre a las 03.30 del día del accidente, pese a “ser consciente de estar extremadamente fatigada”. Bajó por la calle de Alberto Alcocer (Chamartín) en dirección a la glorieta de Cuzco. A la altura de la calle de Padre Damián, la mujer realizó un giro de 180 grados para dirigirse a su domicilio por la plaza de la República Dominicana. Esta maniobra estaba prohibida.

La conductora se colocó en el carril derecho de subida a una velocidad de entre 55 y 65 kilómetros por hora, pese a estar limitada a 30. “Al no prestar la atención mínima requerida para la conducción, no advirtió, pese a ser perfectamente visible desde al menos 50 metros, y a pesar de no existir tráfico, la presencia de la bicicleta del servicio Bicimad conducida por Javier Vela Rodríguez, de 33 años”, relata la sentencia. Esta mantiene que el ciclista llevaba encendido el alumbrado delantero y trasero. La zona estaba bien iluminada y la visibilidad era buena, pese a ser de noche.

A la altura del número 24 de la calle de Alberto Alcocer, el todoterreno colisionó “por alcance” con la bicicleta y el ciclista. Este recibió el golpe en la zona lumbar y de los glúteos. Por la violencia del choque, golpeó con la cabeza en el capó y salió despedido unos 10 metros. La bicicleta fue arrastrada 2,65 metros y no se hallaron señales de frenada. En el accidente, el Mercedes se rompió parte del parachoques, el faro delantero derecho y se hundió parte del capó. “Para procurar su impunidad, [la conductora] decidió no parar y bajarse del vehículo, sino continuar su marcha y abandonar el lugar de los hechos, sin cerciorarse del estado en que se encontraba el atropellado ni de si estaba siendo atendido por terceras personas”, recoge el fallo.

¿Carril derecho o carril central?

Una de las estrategias de la defensa de la conductora fue sembrar la duda de si el ciclista Javier Vela, de 32 años, iba por el carril derecho o por el central. Si fuera este último caso, podría haber invadido el lugar por el que circulaba el todoterreno de la condenada.

El juez rechaza esta hipótesis y se basa en el informe pericial de la Policía Municipal, que recogió restos del todoterreno en el carril derecho. Además, ahí se encontraban las huellas de arrastre de la bicicleta, con 2,65 metros de longitud, según la sentencia.

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El ciclista sufrió un traumatismo craneoencefálico muy grave, con fractura temporal y occipital y de la base del cráneo; contusiones y hematomas por la espalda y en el pie izquierdo. Fue trasladado por el Samur con pronóstico muy grave al hospital 12 de Octubre, donde falleció a las 19.30.

El magistrado mantiene que la acusada condujo de manera “completamente descuidada”: “Las circunstancias de la colisión son reveladoras de que la acusada no prestaba la atención debida a la circulación, resultando de todo ello el funesto atropello”.

El juez dedica gran parte de la sentencia a la conducta de la mujer tras el atropello. Mantiene que el accidente produjo un fuerte ruido y una gran violencia, por lo que no cabe duda “de que la conductora lo percibió”. “La acusada no hizo lo que normalmente se haría, que es detener el vehículo y bajar del mismo. Optó por continuar adelante sin detenerse, para alejarse del lugar sin ser identificada y procurar eludir su responsabilidad, buscando la impunidad”, añade la sentencia. “En definitiva, la acusada se dio a la fuga”, concluye. Por ello, la condena por un delito de omisión de socorro.

El juez aplica dos años y dos meses por cada delito dada la gravedad del resultado: “Asistimos a la frecuente mortandad de ciclistas a causa de la escasa consideración de algunos conductores a su vulnerabilidad, existiendo una conciencia social asentada que demanda la necesidad de respeto y atención a la circulación ciclista”.

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Sobre la firma

F. Javier Barroso
Es redactor de la sección de Madrid de EL PAÍS, a la que llegó en 1994. También ha colaborado en la SER y en Onda Madrid. Ha sido tertuliano en TVE, Telemadrid y Cuatro, entre otros medios. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, está especializado en Sucesos y Tribunales. Además, es abogado y criminólogo.

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