La Audiencia absuelve a Fenoll y a otros 14 empresarios de dos delitos
Estima que la responsabilidad en 2002 ha prescrito y sobre 2003 y 2004 no ve indicios de delito

La Audiencia de Alicante ha absuelto al empresario Angel Fenoll y otros 14 empresarios por la prescripción de la responsabilidad derivada del impago del IVA y del impuesto de sociedades y declara nula la sentencia que les condenaba en total a 212 años. Estima que la responsabilidad sobre 2002 está prescrita y sobre 2003 y 2004 no ve indicios de delito.
El juzgado de lo Penal número 3 de Orihuela condenó al empresario oriolano Angel Fenoll a la pena de 35 años y medio de prisión por hacer facturas falsas desde sus dos empresas y defraudar a Hacienda pública evitando el pago del Impuesto de Sociedades y el IVA correspondiente a los años 2002, 2003 y 2004. Además, sentenció a 177 años de prisión a las otras 14 personas como cooperadoras necesarias en la comisión de los delitos.
Ahora, sin embargo, la sección Séptima, con sede en Elche (Alicante), ha estimado los recursos presentados por los 15 encausados contra la sentencia y ha declarado prescritos los delitos relativos al año 2002.
En cuanto a los otros dos años, la Audiencia apunta que la sentencia que condenaba a las empresas "realiza una declaración de hechos probados que resulta insostebible". Detalla que en los años 2003 y 2004 las empresas han tenido "un constante aumento de resultados contables" y en esos mismos años han tenido "una continua emisión de facturas falsas". Dos afirmaciones que tacha de "incongruentes" y argumenta: "efectivamente, sostener como hecho probado que la situación financiera" ha experimentado "aumentos contables" y señalar que las facturas "son falsas" es "contablemente insostenible".
La Audiencia explica que si las empresas tienen un incremento de la actividad pagan más IVA soportado y repercutido y "no es posible que falsifiquen facturas en beneficio" y contrapone: "Lo lógico sería que habiendo disminuido su actividad hincharan mendazmente los documentos contables a fin de conseguir esa base que daría lugar a la defraudación".
Añade que "la incongruencia de los hechos probados es palmaria. Si las empresas han falsificado las facturas, como sostiene la sentencia, la situación económica y financiera de las mismas debía ser negativa".
El fallo considera que la actuación de la Agencia Tributaria (AEAT) en todo el proceso es "de difícil justificación en el ámbito penal" y concreta que se autorizó "para obtener los movimientos de cuentas bancarias de empresas no objeto del expediente original, y acusadas y condenadas en sentencia". "La consecuencia jurídica de lo expuesto es la nulidad", agrega.
Argumenta la sentencia que "la AEAT tiene conocimiento, según actuaría desde abril de 2007" de un posible delito de falsedad documental pero "continua investigando" hasta reunir elementos para en diciembre de ese año "ocho meses después" presentar la denuncia ante la fiscalía que incluía "delito contra la Hacienda Pública".
Lamenta así que es de "difícil comprensión" ya que "no persiguen el delito del que tienen conocimiento" y "esperan casi un año" para instruir "una infracción penal".
Además, cuestiona cómo la AEAT se olvidó de denunciar ante la fiscalía los hechos supuestamente delictivos y afirma: "nos preguntamos si este olvido no es intencionado, visto que la vigente regulación de los delitos contra la Hacienda Pública está orientada a la recaudación, más que a otra cosa".
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
Últimas noticias
El Gobierno da un paso atrás y retira el impuesto a los videojuegos: “Es muy difícil distinguir entre uno que tiene violencia y otro que no”
El Gobierno se reivindica tras la derrota en Extremadura como garante de los servicios públicos frente a la “involución”
México se pronunciará ante el Consejo de Seguridad de la ONU sobre la presión de Estados Unidos a Maduro
Isis Hembe, rapero y activista angoleño: “En África tenemos una crisis crónica de identidad”
Lo más visto
- Lotería de Navidad 2025 | 79432, el primer premio de la Lotería de Navidad
- Comprobar Lotería de Navidad 2025: consulta la pedrea con la lista de números premiados
- El Gobierno y Bildu acuerdan extender a 2026 la prohibición de desahuciar a personas vulnerables
- El PP de Almeida vota en contra de dedicarle a Robe Iniesta un centro juvenil porque antes quiere hablarlo con su familia
- Europa presiona a Ucrania para que contenga el éxodo de jóvenes hacia los países vecinos




























































