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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Legalidad y principio democrático

Si la población, representada por una mayoría parlamentaria, pide una consulta, es difícilmente explicable que no se pueda celebrar. Pero la pregunta debería contemplar varias opciones

En el debate sobre el derecho de autodeterminación, denominado ahora eufemísticamente derecho a decidir, se mezclan dos niveles distintos: el jurídico, que es el actual marco constitucional, y el político, que consiste en dilucidar si el pueblo de Cataluña tiene o no derecho a decidir libremente sobre la organización política y social que desea.

Desde la perspectiva jurídica, la Constitución de 1978 reconoce como único titular de la soberanía al pueblo español, del que forma parte el pueblo catalán, por lo que éste no tiene derecho a la autodeterminación. A modo de símil, podríamos afirmar que se trata de un brazo en relación con el cuerpo humano, del que forma parte. Así pues, el ejercicio del derecho de autodeterminación por parte del pueblo catalán exigiría una reforma constitucional.

El problema estriba en que para reformar la parte de la Constitución que atribuye la soberanía al pueblo español, el procedimiento establece unos requisitos y unas mayorías parlamentarias en las Cortes Generales españolas que son muy difíciles de alcanzar, salvo que haya un amplio consenso de las principales fuerzas políticas del Estado, cosa que en estos momentos no se da.

El problema de fondo, sin embargo, no es jurídico sino político. El actual Estado Español está formado por diversas comunidades con culturas, lenguas y sentimientos identitarios distintos. Prueba de ello es que en las pasadas elecciones al Parlamento de Cataluña, de un total de algo más de cuatro millones de votantes, cerca de dos millones votaron por opciones manifiestamente independentistas. ¿No son suficientes para que, en base al principio democrático, le sea preguntada a la ciudadanía de Cataluña su voluntad al respecto mediante una consulta?

Si un amplio porcentaje de población, representado por una mayoría parlamentaria, lo solicita, es difícilmente explicable que no pueda efectuarse una consulta. En cualquier caso, no se entiende cómo puede negarse a una comunidad que se siente diferenciada, como está reconocido en el Estatuto de Autonomía, el derecho a decidir libremente su vinculación con el Estado. No se entiende cómo podría mantenerse dentro de un Estado a dicha comunidad si ésta decidiese separarse o establecer un tipo distinto de relación con el resto del Estado, libremente aceptado por ambas partes. No se entiende porque Quebec, Escocia o Montenegro pudieron decidir si querían continuar formando parte de un Estado y Cataluña no.

Dado que un amplio sector de la ciudadanía de Cataluña lo demanda, es legítimo y necesario desde la perspectiva política que se efectúe una consulta porque diversos sectores, ante la resistencia del Estado, están manifestando abiertamente la necesidad de “saltarse la legalidad”. Muchos cambios sociales se han producido saltándose la legalidad cuando ésta no se adapta a la realidad social, como por ejemplo cuando Rosa Parks se negó a ceder su asiento a un blanco como entonces establecían las normas de segregación racial en Estados Unidos, o el matrimonio entre personas gay. El problema, ignorándolo, no se solucionará.

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En el último sondeo del Centre d'Estudis d'Opinió el 41,1% de los encuestados se declaraban partidarios de que Cataluña fuese un estado independiente, el 22,2% de que fuese un estado dentro de una España federal, el 27,4% se decantaba por que fuese una comunidad autónoma y un 3,7% prefería que fuese una región de España. Por ello la consulta debería plantear diversas opciones, porque en otro caso se condiciona la voluntad popular. No es lo mismo preguntar sólo si se desea un estado independiente o no, que si se plantean otras opciones como un encaje distinto de Cataluña en el Estado, que debería concretarse estableciendo un nuevo sistema de financiación, la protección del catalán, etcétera., o el mantenimiento del Estado de las autonomías que, sin perjuicio de los déficits institucionales que tiene, es una organización territorial análoga a un estado federal.

Francesc Pau Vall es profesor de Ciencias Política de la UPF.

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