El Supremo deja un castigo mínimo a la trama policial de los macroburdeles
El tribunal reduce a una pena de inhabilitación los seis años de cárcel impuestos a un comisario de la Policía
La trama de corrupción policial en torno a los macroprostíbulos Riviera y Saratoga, de Castelldefels, ha salido beneficiada de su paso por el Tribunal Supremo (TS). El alto tribunal ha rebajado de forma sustancial penas de prisión, ha cambiado otras por el pago de una multa o ha absuelto a 15 de las 20 personas que, hace apenas un año y medio, fueron condenados por una ristra de delitos relacionados con la explotación sexual de mujeres y el soborno a mandos del Cuerpo Nacional de Policía (CNP).
El caso más emblemático de entre los 20 acusados es el del comisario Luis Gómez, que fue jefe de la unidad contra la inmigración ilegal del CNP. La Audiencia de Barcelona condenó a Gómez a seis años de prisión por un delito continuado de soborno y le impuso, además, 14 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos. Gómez evitó que se hicieran inspecciones en los dos macroburdeles de Castelldefels a cambio de dinero, invitaciones a comidas o estancias en hoteles. También permitió que los dueños de los burdeles pagaran una consulta médica a su hijo.
El fallo del Supremo es mucho más benévolo con el comisario: le impone solo una pena de inhabilitación (de tres años) y una multa de 12.000 euros; le absuelve, además, del delito de omisión de perseguir delitos. El Supremo argumenta que de los hechos probados en la sentencia inicial solo se puede concluir que Gómez “dejó de realizar las inspecciones policiales” que debió haber dirigido contra el Riviera y el Saratoga. El comisario evitó entrar en los clubes para comprobar la presencia de mujeres en situación irregular. O sea, que más que por lo que hizo, debe castigársele por lo que dejó de hacer. Y esa conducta encaja mejor, razona el Supremo, con un tipo de delito de cohecho más benigno.
El mismo argumento jurídico ha servido para rebajar la pena a otros dos mandos policiales: los inspectores Andrés Otero y José Javier Martín Pujal, alias Jordi. Este último fue condenado a cinco años y medio de cárcel. La pena se le ha rebajado ahora a dos años y medio y a otros tres de inhabilitación. Jordi es una pieza clave del caso. Fue detenido en 2007 por extorsionar al dueño del club Saratoga: le exigió una mordida bajo la amenaza de "freírle” a redadas. En el juicio, el inspector alegó que sabía que sus jefes ya estaban en connivencia con los amos de los burdeles y que se había intentado “infiltrar” para poner fin a la corrupción.
Otro inspector del mismo cuerpo, Abundio Navas, fue condenado a tres años de cárcel por falsificación documental, y el Supremo ha decidido mantenerle la pena. El policía Ignacio Landa, en cambio, ha sido absuelto cuando la Audiencia le había condenado a un año y medio de cárcel.
La rebaja del Supremo ha beneficiado también a los dueños y trabajadores del Riviera y el Saratoga. En líneas generales, el tribunal ha anulado las condenas por inducción a la prostitución y por asociación ilícita, mientras que ha mantenido las de cohecho. Ese cambio ha permitido a los dueños del Saratoga (Raúl Pascual) y del Riviera (Antonio Herrero) pasar de casi diez años de cárcel a penas que ni siquiera llegan a los dos años.
Tres abogados habían sido igualmente condenados por extorsionar a dueños de burdeles de Barcelona. Tras la revisión del Supremo, los tres letrados —Fernando Martínez, Àlex Garberí y Carlos Carretero— han sido absueltos. La sentencia considera que prevalece la presunción de inocencia y que no hay pruebas suficientes contra ellos.
El caso del Riviera y Saratoga fue uno de los mayores escándalos de corrupción policial en Cataluña. Desde el año 2002, un grupo de media docena de policías proporcionó protección a los burdeles a cambio de dádivas. Los agentes les alertaban con antelación de las redadas que iban a practicar en ambos clubes para que los empresarios pudieran retirar a las chicas sin papeles que se prostituían allí. El comisario Gómez, el de mayor rango entre los seis policías procesados, defendió en el juicio que los “favores” del empresario se debían solo a la “relación humana” que mantenían, y no a su condición de policía.
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