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Madrid, condenada a pagar a Galicia 95.000 euros por un incendio

La Comunidad tutelaba al hombre que prendió fuego a los montes de Cangas

El Supremo ha condenado a la Comunidad de  Madrid a indemnizar a la Xunta de Galicia y a la comarca de Montes en Mano Común con 95.645 euros por incumplir su deber de controlar a Óscar B.M., un incendiario considerado incapaz que se escapó de su tutoría y que quemó una monte en Cangas de Morrazo (Pontevedra).

Oscar B.M. prendió tres focos de fuego en la zona conocida como Balcón del Rey situada en Montecarrasco (Cangas) el 27 de septiembre de 2007. En el momento de cometer los hechos el acusado padecía un trastorno esquizoafectivo que le provocaba una seria alteración del juicio.

Por ese motivo, la Comunidad de Madrid había aceptado el cargo de tutor sobre él, precisamente desde el 25 de septiembre de 2007, dos días antes de los hechos.

En concreto, la responsable sobre Oscar B.M. era la Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos de la Comunidad de Madrid. La sentencia dice literalmente que "no consta actuación alguna de dicho ente público, anterior a la comisión de los hechos, dirigida a localizar y ejercer el control sobre la persona del tutelado, para así evitar el riesgo que su estado psíquico suponía respecto a sí mismo y a terceros".

Por esta razón la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra y el fallo del Supremo que la confirma añaden un castigo para la Comunidad de Madrid a la condena impuesta a Oscar B.M., como responsable de un delito de incendio con la eximente de alteración psíquica, a una pena de tres meses de prisión.

Así, la Comunidad de Madrid es declarada responsable civil de los daños causados por la persona incapaz que estaba a su cargo y por ese motivo deberá indemnizar a la Comunidad de Montes en Mano Común de Darbo con la suma de 29.018 euros y a la Xunta de Galicia con 66.627 euros.

La Comunidad de Madrid recurrió contra la condena que le impuso la Audiencia de Pontevedra ante el Supremo, que en el fallo notificado hoy rechaza sus argumentos y confirma el fallo del tribunal gallego.

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