Madrid, condenada a pagar a Galicia 95.000 euros por un incendio
La Comunidad tutelaba al hombre que prendió fuego a los montes de Cangas
El Supremo ha condenado a la Comunidad de Madrid a indemnizar a la Xunta de Galicia y a la comarca de Montes en Mano Común con 95.645 euros por incumplir su deber de controlar a Óscar B.M., un incendiario considerado incapaz que se escapó de su tutoría y que quemó una monte en Cangas de Morrazo (Pontevedra).
Oscar B.M. prendió tres focos de fuego en la zona conocida como Balcón del Rey situada en Montecarrasco (Cangas) el 27 de septiembre de 2007. En el momento de cometer los hechos el acusado padecía un trastorno esquizoafectivo que le provocaba una seria alteración del juicio.
Por ese motivo, la Comunidad de Madrid había aceptado el cargo de tutor sobre él, precisamente desde el 25 de septiembre de 2007, dos días antes de los hechos.
En concreto, la responsable sobre Oscar B.M. era la Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos de la Comunidad de Madrid. La sentencia dice literalmente que "no consta actuación alguna de dicho ente público, anterior a la comisión de los hechos, dirigida a localizar y ejercer el control sobre la persona del tutelado, para así evitar el riesgo que su estado psíquico suponía respecto a sí mismo y a terceros".
Por esta razón la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra y el fallo del Supremo que la confirma añaden un castigo para la Comunidad de Madrid a la condena impuesta a Oscar B.M., como responsable de un delito de incendio con la eximente de alteración psíquica, a una pena de tres meses de prisión.
Así, la Comunidad de Madrid es declarada responsable civil de los daños causados por la persona incapaz que estaba a su cargo y por ese motivo deberá indemnizar a la Comunidad de Montes en Mano Común de Darbo con la suma de 29.018 euros y a la Xunta de Galicia con 66.627 euros.
La Comunidad de Madrid recurrió contra la condena que le impuso la Audiencia de Pontevedra ante el Supremo, que en el fallo notificado hoy rechaza sus argumentos y confirma el fallo del tribunal gallego.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
Últimas noticias
Nadia Calviño pide un “mensaje claro” de los líderes de la UE para impulsar la economía europea
El Consejo de Estado cuestiona a la CNMC y complica la aprobación de la nueva retribución a las eléctricas
Trump maniobra para prohibir los tratamientos de género a los menores trans en Estados Unidos
Robo de votos en Extremadura: la banda común que no quería asaltar la democracia
Lo más visto
- Los hijos de Isak Andic negocian un acuerdo para pagar 27 millones a la pareja del empresario y cerrar el conflicto por el legado
- Irene Escolar: “Si la gente se droga es porque encuentra en ello una anestesia que necesita. Negarlo es absurdo”
- La población de pumas de la Patagonia se dispara gracias a una presa inesperada: los pingüinos
- El Supremo condena a ‘Okdiario’ y a Eduardo Inda por intromisión en el honor de Iglesias al acusarle de cobrar de Venezuela
- El Supremo ordena al ex fiscal general el pago de la multa y la indemnización a la pareja de Ayuso que le impuso al condenarle




























































