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El Supremo condena a Barberá a pagar 2.000 euros por El Cabanyal

El Ayuntamiento de Valencia desistió del recurso de casación contra la orden de Cultura El Consistorio está condenado a costas, que irán a parar a la entidad del barrio personada

Cristina Vázquez
El barrio de El Cabanyal, en Valencia.
El barrio de El Cabanyal, en Valencia. MÒNICA TORRES

El Tribunal Supremo ha condenado al Ayuntamiento de Valencia a pagar 2.000 euros de costas procesales tras desistir el Consistorio del recurso de casación contra la orden ministerial que paralizó el expolio del barrio valenciano de El Cabanyal.

Con esta condena al pago de las costas, la Sala estima en parte el recurso presentado por el Instituto de Defensa de Intereses Patrimoniales del Cabanyal-Canyamelar contra la decisión de la secretaría de la Sala, en julio de 2014. La entidad cultural pedía que las costas ascendiesen a 4.000 euros —es decir, que se les indemnizase con esa cantidad— después de que el Consistorio que preside Rita Barberá recurriese en casación la Orden del Ministerio de Cultura que suspendía el plan urbanístico municipal porque expoliaba el patrimonio del barrio marinero.

Su contenido, indica el Supremo, era igual al del recurso de casación de 2012 presentado por la Generalitat y del que desistió dos años después tras alcanzar un acuerdo con el Gobierno español para desbloquear la situación judicial en torno a El Cabanyal. Cuando el Ayuntamiento —la otra parte que apoyó la casación— desistió de este último recurso —que puso fin a una batalla judicial de años—, la secretaria de Sala dictó un decreto en el que consideraba procedente la condena a costas por 300 euros, teniendo en cuenta que el desestimiento se había producido muy tardíamente, una vez estaba señalado el día para la votación y el fallo. El instituto de El Cabanyal alegó “falta de proporción” entre la cuantía máxima de 4.000 euros de costas —que recibió la Abogacía del Estado— y la de 300, basándose en que en los dos recursos las partes incumplieron los mismos trámites procesales.

El tribunal considera que el Instituto de Defensa del Patrimonio de El Cabanyal tiene parte de razón en cuanto a la proximidad y plena identidad de muchos aspectos en ambos procedimientos de casación, por lo que es razonable la proporcionalidad.

La presidenta de Salvem El Cabanyal, Maribel Doménech, se mostró ayer muy satisfecha por la decisión del Supremo. El Ayuntamiento de Valencia ha aprobado otro plan que conserva la ampliación de la avenida de Blasco Ibáñez y se encuentra a la espera de que el Ministerio de Cultura valore el documento urbanístico y decida si vulnera la orden ministerial de protección del barrio.

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Sobre la firma

Cristina Vázquez
Periodista del diario EL PAÍS en la Comunitat Valenciana. Se ha ocupado a lo largo de su carrera profesional de la cobertura de información económica, política y local y el grueso de su trayectoria está ligada a EL PAÍS. Antes trabajó en la Agencia Efe y ha colaborado con otros medios de comunicación como RNE o la televisión valenciana À Punt.

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