Protección de Datos investiga si Mossos guardan imágenes más allá del plazo legal
Admitida a trámite la querella contra un subinspector por revelación de secretos
La Autoridad Catalana de Protección de Datos ha abierto una investigación para aclarar si la Dirección General de la Policía hace un uso inadecuado de las imágenes tomadas por las cámaras de videovigilancia en las comisarías. El caso arranca con una denuncia de M. C., un agente de la policía, expedientado y suspendido de empleo y sueldo por utilizar para fines personas el coche oficial, durante una guardia, según explica él mismo. Para demostrar su implicación, quien entonces ejercía de jefe de la comisaría de Arenys de Mar, el subinspector J. B. pidió las imágenes que registraron las cámaras del perímetro de la comisaría en las que aparecía M. C.
En un escrito, al que ha tenido acceso este diario, el subinspector pidió las imágenes del 27 y 28 de abril de 2013, el día 4 de junio de ese mismo año, lo que supone un margen de 36 días. La Ley de Protección de Datos establece que las imágenes deben mantenerse como máximo en el sistema durante 30 días, a no ser que sean objeto de una investigación. Eso es lo que alega precisamente la Dirección de Policía: que las imágenes se mantuvieron en el sistema más del tiempo previsto porque ya había una investigación en curso contra M. C.
Pero el caso no está tan meridianamente claro. El agente hace más de un año que mantiene una guerra judicial con diversos flancos abiertos contra los mandos que le expedientaron. Además de la denuncia a Protección de Datos, ha presentado también una querella contra el que era su jefe (en la actualidad el agente está cumpliendo la sanción de cuatro meses sin empleo y sueldo y ha perdido la especialidad que disponía). El juzgado de instrucción número 4 de Arenys ha admitido a trámite la querella, y ha citado a declarar el 22 de septiembre, como imputado por un delito de revelación de secretos al subinspector. Además, el juez ha dado traslado de la causa al ministerio fiscal para que se posicione.
En una tercera vía, M. C. ha acudido también al juzgado contencioso-administrativo, en lo que considera una vulneración de derechos fundamentales y de la intimidad, y que ha sido admitida a trámite también por el juzgado número 8 de Barcelona.
La Dirección de Policía sostiene que cuenta con un sistema automático de borrado de las imágenes, que cumple con el requisito que marca la ley de un almacenaje máximo de 30 días. La Autoridad Catalana de Protección de Datos declinó ofrecer cualquier explicación sobre el caso, alegando que tiene una investigación en curso. M. C. acusa a la policía de utilizar de manera “arbitraria” algo tan delicado como las imágenes.
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