Por fin, la nueva ley urbanística valenciana
"La LOTUP presenta luces y sombras y estas últimas pueden (y deben) ser subsanadas"
Por fin, las Cortes Valencianas procedieron el pasado 17 a aprobar la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (en adelante LOTUP), texto legal que viene a sustituir el insufrible y contradictorio marasmo legislativo preexistente en la Comunitat desde mediados de la década del 2000 y que aún solo por eso, debe ser celebrada su promulgación.
Pero es que, además, debe señalarse en su haber el esfuerzo de concertación llevado a cabo no solo entre las instituciones públicas y privadas responsables o aplicadoras del urbanismo valenciano, sino también con los partidos políticos con representación parlamentaria y más en concreto, entre los dos partidos mayoritarios, lo que ha permitido la conformación de un texto en su gran medida consensuado, lo que le confiere una cierta característica de estabilidad nada desdeñable y más aún, en la procelosa época económica en que nos encontramos.
Con respecto a los aspectos normativos de carácter positivo que recoge, cabría destacar como más trascendentes, la desagregación de los planes generales en dos planes, el estructural y el pormenorizado, lo que contribuirá indudablemente a racionalizar y aclarar los ámbitos competenciales entre Ayuntamientos y Generalitat. También a la agilización de las revisiones de los mismos, así como la regulación de los procedimientos de información pública con la introducción de medidas de control público y social que permitirán acotar los eventuales procesos especulativos y de corrupción. Y finalmente, la disposición de instrumentos jurídico-urbanísticos de intervención sostenible en la ciudad consolidada, único espacio capaz de recuperar la actividad urbanística y la generación de empleo a corto y medio plazo a través de la rehabilitación y regeneración urbanas. Una parte que, por cierto, se vió mejorada en el proceso de participación pública al que se sometieron los borradores de la ley y en la tramitación parlamentaria.
Sin embargo, en mi opinión, la LOTUP aún presenta algunas carencias o deficiencias que demandan su reajuste, bien mediante sencillas modificaciones puntuales de la ley o bien mediante su desarrollo reglamentario, lo que permitirá disponer de un texto legal final solvente y adecuado a la realidad socioeconómica en la que nos encontramos inmersos.
En este sentido y entre otras, se echa en falta una regulación más precisa de los procedimientos de tramitación de las evaluaciones ambientales estratégicas que respete de forma más adecuada las competencias urbanísticas de los Ayuntamientos y de la Generalitat y que no generen retrasos impropios y conflictivos en la aprobación del planeamiento, así como a la adopción de medidas más acordes a la realidad socio-urbanística en los procesos de regularización de los núcleos urbanos generados al margen del planeamiento, o la rigidez expuesta en la regulación de los porcentajes de participación pública en las plusvalías por parte de la Administración, hurtándose la posibilidad que ofrece la legislación estatal de suelo de su adecuación a la rentabilidad económica de las actuaciones urbanizadoras.
En fin, la LOTUP, como cualquier otro instrumento legal, presenta luces y sombras y estas últimas pueden (y deben) ser subsanadas mediante los procedimientos previstos para ello pero que y en cualquier caso, su promulgación debe ser bienvenida por lo que supone de indudable mejora sobre el maremágnum legal anterior y las posibilidades que ofrece para acometer, de una vez por todas, la tan demandada y necesaria recuperación de la actividad urbanística desde la disposición de explícitos criterios de equilibrio y sostenibilidad socioeconómica y también y a ser posible, de la desactivación de la "mala reputación" del urbanismo valenciano, en muchos casos "ganada a pulso" y que tanto daño ha hecho a la imagen de la Comunitat Valenciana. Ojalá se consiga.
Gerardo Roger Fernández, Arquitecto y Profesor de Urbanismo del Instituto Pascual Madoz de la Universidad Carlos III.
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