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La Fiscalia recurre la multa para un conductor por matar a dos ciclistas

El acusador público apela contra la sentencia de la juez que consideró los hechos como falta leve

La Fiscalía de Lleida recurrirá la sentencia que condenó a 1.080 euros de multa y a tres años de retirada del carné de conducir al conductor del vehículo que por una distracción arrolló, en febrero de 2012, a un grupo de cuatro ciclistas que circulaban correctamente por el arcén y provocó la muerte de dos de ellos.

La fiscal, en el juicio celebrado la semana pasada, mantuvo la acusación contra Gerard M.A., el conductor del vehículo que en la fecha del accidente tenía 19 años, y solicitó para él una pena de 4 años de prisión por dos delitos de homicidio y dos de lesiones por imprudencia grave.

Sin embargo, el Juzgado de lo Penal número 2 de Lleida condenó al acusado a pagar cuatro multas, dos de 360 euros y otras dos de 180 euros, al tipificar los hechos como cuatro faltas contra las personas por imprudencia leve, dos con resultado de muerte y dos de lesiones. Esta resolución ha originado una gran controversia en medios jurídicos y en las redes sociales al considerarla benévola teniendo en cuenta el daño ocasionado. En accidentes de tráfico, la pena mínima cuando hay dos víctimas mortales por homicidio imprudente es de dos años y medio de prisión.

La Fiscalía también estima que la condena no se ajusta a la gravedad de los hechos juzgados y ha dado instrucciones para que se recurra la sentencia. La acusación pública considera que la juzgadora ha puesto demasiado énfasis en la versión del acusado, según la cual se despistó 2 ´0 3 segundos porque se asustó por el ruido provocado por la caída de una mochila que estaba en el asiento del copiloto, donde llevaba un ordenador portátil, el teléfono móvil y un aparato MP3. Esta explicación es muy diferente a la que dio ante los Mossos d’Esquadra y en el Juzgado de Instrucción, donde atribuyó la invasión del arcén por el que circulaban los ciclistas a un fallo mecánico del coche o al el viento. Sin embargo, se comprobó que el coche no tenía ninguna avería y ese día no hacía viento. El accidente tuvo lugar en una larga recta y con mucha visibilidad.

La Fiscalía tiene previsto fundamentar su recurso en la previsibilidad del resultado de la distracción, ya que un conductor que admite que vio de lejos al grupo de ciclistas debería haber extremado al máximo la precaución en la conducción y no quitar la vista de la carretera ni un segundo.

El abogado de la familia de una de las dos víctimas mortales también ha anunciado que recurrirá la sentencia porque considera que la juez ha omitido muchos detalles a la hora de tipificar los hechos como faltas leves. Entre los olvidos que alegará esta parte está la velocidad a la que circulaba el acusado, que era de unos 90 kilómetros por hora en un lugar limitada a 80. La acusación particular no entiende que la juez considere leve despistarse tres segundos, ya que a esa velocidad un vehículo recorre 25 metros por segundo, suficiente para invadir el arcén y arrollar a los cuatro ciclistas.

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