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El Supremo condena a un hombre que encargó el asesinato de su jefe

El tribunal confirma una sentencia del TSJC en la que concluía que el instructor del crimen actuó con alevosía

El Supremo ha confirmado las penas que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña impuso a los cuatro acusados del crimen de la calle Santaló de Barcelona, al entender que asesinaron por encargo de Manuel Moreno al jefe de éste en el Centro de Convenciones de Barcelona (CCIB), que pensaba despedirle. Fèlix Martínez Touriño, director del CCIB, fue asesinado en febrero del 2009 de un tiro en la nuca disparado por el sicario Jorge Andrés Madrid García, quien contó con la complicidad de Said Sánchez Zuluaga -cuñado de Jorge Andrés Madrid- y Yader Jair Castro, según consideró probado el jurado.

El encargo fue hecho por Manuel Moreno para evitar ser despedido de su puesto al frente del departamento de audiovisuales del centro, siempre según consideró probado el jurado. La Audiencia de Barcelona dictó sentencia en función de aquel veredicto, sentencia que fue recurrida por el fiscal y los padres de la víctima ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el cual agravó las condenas por asesinato y añadió otra por el delito de tenencia ilícita de armas. El Supremo ha confirmado ahora la sentencia del TSJC, de modo que las penas definitivamente quedan fijadas en 22 años por inducción al asesinato para Manuel Moreno Blancas; 22 años y seis meses al autor material, Jorge Andrés Madrid, a quien condenan también por un delito de tenencia ilícita de armas a otros 2 años de cárcel, y 20 años para Yader Jaid y 15 para Sahid Sánchez, ambos cooperadores necesarios en el crimen.

Aunque los hechos no son discutidos, tanto el TSJC en su día, como ahora el Supremo, consideran que la interpretación del veredicto del jurado en términos penales no fue correcta y puede ser modificada en vía de recurso. Así, el fallo del alto tribunal explica que "la precisión de cuáles son las consecuencias jurídicas que cabe extraer de los hechos declarados probados puede ser rectificada en vía de recurso". El TSJC consideró que había alevosía no solo en la ejecución del asesinato, un tiro en la nuca que no permitió defensa alguna a la víctima, sino también en quien lo encargó y en sus cooperadores, porque era previsible que un sicario lo ejecutara de tal modo. "Es de toda evidencia que si se contrata a un sicario para causar la muerte de una persona se conoce la altísima probabilidad de que cumpla el encargo de modo que asegure la ejecución" de tal manera que "se suprima" cualquier riesgo, dice en este sentido el Supremo.

La actuación del TSJC al apreciar esta alevosía tanto en el inductor como en los cooperadores necesarios se limitó a una cuestión estrictamente jurídica, sin exceder de los límites que le impone la ley, añade el Supremo. Los hechos que consideraron probados los nueve miembros de jurado relatan cómo el crimen fue planificado después de que Manuel Moreno se sintiera descubierto por Touriño ante "la gestión opaca y despótica" que llevaba a cabo en su departamento.

Por lo que respecta al sicario Jorge Andrés Madrid, se considera probado que cobró 9.000 euros por cometer el crimen. Sin embargo, estuvo a punto de ser atropellado por un taxi cuando huía a toda prisa tras cometer el asesinato, hasta el punto de que se tuvo que apoyar en el capó del vehículo, lo que permitió a los investigadores buscar sus huellas dactilares. Un vez se vio apresado, confesó.

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