La juez sentencia el derecho de una mujer a ver a la hija de su expareja
El padre ha incumplido desde octubre la obligación de dejarle visitar a la pequeña durante una hora cada 14 días
Una juez de Barcelona ha sentenciado que una mujer tiene derecho a ver a la hija de su expareja una hora cada 14 días, aunque no sea su madre biológica. La mujer, Núria Pijoan, de 48 años, sufre un cáncer terminal, y considera que su tiempo se consume sin que pueda ejercer ese derecho.
La niña cumplirá cuatro años el próximo mes y nació en Estados Unidos en un vientre de alquiler. La relación de la pareja se interrumpió en abril de 2012 y desde el mes de julio de ese año la pequeña y la mujer no se han visto porque el padre las ha apartado.
La sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 15 de Barcelona se ha conocido este viernes y ratifica un auto de medidas provisionales que dictó la misma juez el 27 de marzo de 2013. Ahora la decisión puede volver a ser recurrida ante la Audiencia de Barcelona, por lo que probablemente la sentencia definitiva tardaría otro año largo en dictarse.
Pese a que se trataba de una medida provisional, el padre de la niña, Jordi Aymerich, profesor de economía de la Unidad de Barcelona y empresario de diversas sociedades, ha venido incumpliendo la obligación de permitir las visitas a la madre. Primero estuvo unos meses sin determinar el punto de encuentro donde debían producirse las visitas y cuando lo concretó, la juez acordó un calendario para que la mujer pudiera ver a la pequeña. El calendario fijaba visitas a partir del 19 de octubre de 2013 y el hombre no ha acudido con la pequeña a ninguno de esos encuentros.
Durante la tramitación del proceso judicial el hombre argumentó que Núria Pijoan solo era su novia, pero esta explicó que el nacimiento de la niña era un proyecto común después de cuatro años de relación sentimental, "que era conocida por las familias de ambos" y por los hijos de la mujer de su anterior matrimonio, que ahora tienen 12 y 17 años.
La sentencia insiste en que la mujer viajó con el padre al menos en dos ocasiones a Estados Unidos para preparar el embarazo y que estaba presente el día del parto. Recuerda, además, que la opción del vientre de alquiler se llevó a cabo después de que fracasara un intento de inseminación artifical de la mujer a causa del cáncer que sufre desde 2005 y que la llevó incluso a renunciar a un tratamiento contra la enfermedad para impedir la infertilidad.
"Es obvio que existió una relación de pareja entre ambos, y por lo tanto todas las pruebas apuntan a que en el proyecto de nacimiento de la menor la actora participó y a esa participación no se le puede negar", recuerda la sentencia. Por todo ello, la juez considera que la mujer no es ajena a la niña, sino una "persona allegada" que tiene derecho a ver a la niña.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.