El Supremo ratifica la condena por el intercambio de hijas entre cuñados
Los condenados abusaron de sus sobrinas de seis y siete años
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Sevilla que condenó a diez y ocho años de cárcel a los dos padres, cuñados entre sí, que se intercambiaron a sus hijas de seis y siete años para abusar sexualmente de ellas en una casa de Los Pajaritos.
La sentencia, notificada esta semana a las partes, rechaza los recursos de los imputados y confirma el fallo de la Audiencia, que condenó a uno de los acusados, identificado como A.M.M., a diez años de cárcel y al pago de 20.000 euros de indemnización por un delito continuado de abuso sexual con acceso carnal. Al segundo de los imputados, J.M.P., le impuso a ocho años de cárcel y 20.000 euros de indemnización por el mismo delito, aunque no continuado.
La Audiencia absolvió a las parejas de los acusados y madres de las niñas, para las que el ministerio público solicitó un año de cárcel a cuenta de sendos presuntos delitos de corrupción de menores y abandono de familia. En el juicio celebrado en mayo de 2013, la acusación ejercida por la Junta de Andalucía pidió para cada una de las madres acusadas diez años de cárcel porque consideraba que “conocieron” los hechos y aun así “los admitieron”.
El abogado del principal condenado recurrió la sentencia ante el Tribunal Supremo por las “contradicciones” en las que, a su juicio, incurrieron las víctimas en sus declaraciones y al entender que se había vulnerado el principio de presunción de inocencia de su cliente. En el juicio, los dos acusados negaron los hechos y aseveraron que “ignoraban lo que ha podido pasar” con las menores de edad, mientras que las madres de las niñas dijeron ante el tribunal que “desconocían” que se produjeran abusos.
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