El Supremo tumba por tercera vez el intento de Castellón de validar su PGOU
El tribunal insiste en que el plan es nulo y que el Ayuntamiento no ejecutó bien las sentencias
Ni una, ni dos. Hasta tres veces ha tenido el Tribunal Supremo que instar al Ayuntamiento de Castellón a que elabore desde el principio un nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la ciudad tras anular el aprobado en el año 2000. El alto tribunal lo declaró nulo en 2008. El Ayuntamiento, que entonces presidía Alberto Fabra, intentó validar el mismo documento que él mismo promovió años antes como edil de Urbanismo, pero vecinos afectados consideraron que la sentencia no se ejecutó correctamente y recurrieron. En 2011, el Supremo consideró que aquella decisión fue un “simulacro de cumplimiento” del fallo que obligaba a iniciar desde cero unas nuevas reglas urbanísticas.
La sentencia fue uno de tantos varapalos judiciales que ha recibido el actual alcalde, Alfonso Bataller, como herencia de las decisiones de Fabra. Pero también él continuó con la rebeldía a la decisión judicial y optó por esperar primero una orden de ejecución forzosa del fallo y aprobar después (en un pleno de septiembre de 2012) una nueva exposición pública del PGOU 2000 por el que esperaba tenerlo aprobado en enero de este año. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano truncó estas esperanzas y le instó en un auto a que dejara de “persistir en la aprobación de un PGOU” que ya había sido declarado nulo en dos ocasiones y que elaborara y tramitara un nuevo plan “aplicando la normativa urbanística vigente”. “El PGOU de 2000 no existe jurídicamente al haber sido declarado nulo, no tratándose tan solo de la mera subsanación del trámite de información pública”, recogía el auto.
No cabe recurso
Bataller acudió al asesoramiento de la Generalitat y optaron por presentar sendos recursos de casación ante el Supremo en el que alegaban que el TSJ se había “extralimitado” y que sí valía una mera exposición pública.
Ahora, el Supremo ha vuelto a dictar sentencia y confirma que el TSJ no contradijo sus dos sentencias anteriores, sino que les da “exacto y puntual cumplimiento al declarar nulo el acuerdo municipal que ha tratado de eludirlas” e insiste en que no se han ejecutado los fallos de 2008 y 2011. Así, desestima ambos recursos y condena a costas a ambas Administraciones en una sentencia contra la que no cabe recurso.
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