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Un hombre irá 15 años a la cárcel por agredir sexualmente a la hija de su pareja

El agresor, que abusó de la menor entre 2001 y 2012, fue descubierto por la madre en su casa

El País

La Audiencia de Alicante ha condenado a 15 años de cárcel a un hombre por un delito continuado de agresión sexual cometido contra la hija, menor de edad, de su pareja sentimental durante cerca de once años --entre 2001 y 2012--, al tiempo que cumplirá otros diez meses de prisión por conducción temeraria cometida momentos antes de su detención, tras tratar de huir de la Policía.

Así ha quedado dictado en una sentencia, fechada el pasado 23 de julio, remitida este viernes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), en la que también se especifica que el condenado deberá mantener incomunicación con la víctima y alejamiento de 500 metros durante diez años, así como pagar una indemnización de 30.000 euros.

La resolución entiende como hechos probados que el procesado, un ciudadano colombiano de 34 años, mantenía una relación sentimental con su pareja, de la misma nacionalidad y edad, desde 2001, año en el que ambos comenzaron a vivir juntos y con la hija de la mujer, nacida en 1997.

De este modo, la Audiencia relata que desde el inicio de la convivencia el hombre, cuando la madre no se encontraba en casa, "en multitud de ocasiones, casi a diario y aprovechándose de que era padrastro de hecho" de la niña, "procedió" a agredirla sexualmente en diferentes ocasiones.

Igualmente, el condenado instaba a la pequeña a no decirle nada a su madre, explicándole que "sólo era un juego", si bien a medida que la víctima crecía y mostraba una mayor oposición, el varón "se contrariaba y se mostraba agresivo", por lo que amenazaba a la menor con que "si decía algo iba a ser malo" para la mujer y para el hermano de la niña.

Descubierto por la mujer

Posteriormente, en 2009, cuando el procesado y la víctima se encontraban en el domicilio familiar, la mujer descubrió al varón intentando agredir a la pequeña, por lo que, tras darle "un bofetón", le dijo que se marchara de casa. Días después, la mujer, argumentando que "no quería ver cómo su hijo" fruto de la relación con el hombre "crecía sin un padre", permitió que éste volviera a la vivienda en convivencia.

No obstante, las agresiones se volvieron a producir hasta que la menor relató a su tutora del instituto la situación, lo que derivó en la actuación policial y judicial contra el varón, así como la puesta en marcha del protocolo de protección de menores, dictándose declaración de desamparo y tutela de la niña, que fue asumida por la Dirección Territorial de la Consejería de Justicia y Bienestar Social.

La sentencia también explica que en abril de 2012 la Policía localizó al hombre, quien al percatarse de la presencia de los agentes se subió a su coche y emprendió la huida "a toda velocidad", haciendo "caso omiso" a las órdenes de los efectivos de seguridad, hasta que fue interceptado en la calle donde vivía y arrestado.

Así, en sus fundamentos jurídicos, la resolución indica que "no se aprecia en la víctima ninguna especial animadversión contra el acusado o móvil espurio que pudiera conducir a poner en tela de juicio las declaraciones" de la niña. Asimismo, resalta como otro de los requisitos "que otorga credibilidad" al relato de la menor "la persistencia en la incriminación", y añade que su exposición "a lo largo de todo el procedimiento" ha sido "sin fisuras ni contradicciones en lo esencial".

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