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La izquierda denuncia que los Mossos utilizan archivos ilegales

CiU y PP votan juntos para que no se eliminen los ficheros. La policía admite que tiene dos bases de datos que escapan a cualquier control

Manifestación en Girona con quema de fotos del Rey.
Manifestación en Girona con quema de fotos del Rey. J. Sabater (el punt)

Los partidos de la izquierda catalana consideran que los Mossos d’Esquadra utilizan archivos ilegales de jóvenes sin antecedentes penales en los que se refiere su ideología, vinculaciones con movimientos sociales, actividad sindical y política, así como su grupo de relaciones.

Estos archivos están prohibidos expresamente por la Ley de Protección de Datos y de ahí que Esquerra Republicana, el PSC, Iniciativa y la CUP solicitasen su “eliminación definitiva” en una propuesta de resolución que se votó el pasado jueves en el Parlament, al finalizar el pleno monográfico sobre juventud. CiU y PP sumaron sus votos y la petición fue derrotada.

El Departamento de Interior niega la existencia de estos archivos y explica que las bases de datos policiales se ajustan a la legalidad. Sin embargo, la Agencia Catalana de Protección de Datos (ACPT) reconoce en una resolución del 29 de enero de 2010 que los Mossos tiene dos ficheros que escapan del control legal de ese organismo. Se denominan Base de Datos de Terrorismo (BDT) y Formas graves de delincuencia organizada (Investor). La existencia de estos ficheros se comunicó a la ACPT en octubre de 2006, pues aunque no se pueda controlar su contenido sí que se ha de comunicar su existencia.

Interior crea un fichero sobre manifestaciones con datos protegidos

Pese a las negativas de Interior, el diputado de la CUP David Fernández considera que los ficheros ilegales existen y que se elaboran precisamente al amparo de ese limbo legal que permite a los Mossos esquivar el control de su contenido. Como muestra de ello, Fernández explica que la policía catalana ha empleado esos ficheros ilegales en varios procesos judiciales y actuaciones. Así, cuando en 2007 fueron imputadas varias personas por quemar fotos del Rey en Girona en 2005 y 2006, el atestado policial se refería a que algunos de los acusados eran conocidos por asistir a manifestaciones independentistas y se relatan datos personales de ellos que no figuran en ningún fichero policial legal porque carecían de antecedentes.

El otro episodio se produjo en 2011, cuando los Mossos identificaron a 418 personas por participar en una protesta contra la reforma de las pensiones. Días después, la policía autonómica filtró que “187 son antisistema, 39 independentistas y 19 anarquistas”, sin que se sepa qué criterio se emplea para esta catalogación ni qué interés judicial o policial puede tener. La inmensa mayoría de ellos también carecía de antecedentes.

El artículo 7.4 de la Ley de Protección de Datos prohíbe expresamente los ficheros “creados con la finalidad exclusiva de almacenar datos de carácter personal que revelen la ideología, la afiliación sindical, la religión, las creencias, el origen racial o étnico o la vida sexual”. El artículo 22 de la misma ley se refiere a los ficheros policiales y dice que el tratamiento de datos sin el consentimiento de los afectados está limitado cuando sea necesario “para la prevención de un peligro real para la seguridad pública o para la represión de infracciones penales”.

El archivo en cuestión prevé gestionar aspectos como ideología, religión y vida sexual

El atestado policial de los Mossos elaborado en el proceso de la quema de las fotos del Rey en Girona motivó una queja de los afectados a la ACPT, que concluyó exculpando a los Mossos porque en los registros de la base de datos “no consta ningún dato relativo a la ideología ni a la asistencia a manifestaciones políticas”. Uno de los acusados en aquel proceso denunció durante el juicio en la Audiencia Nacional que estaba fichado por motivos ideológicos. “Eso ya se lo aseguro yo”, le replicó el magistrado José María Vázquez Honrubia.

La cuestión de los datos que maneja la Administración sobre los ciudadanos siempre es sensible. Interior ha creado un nuevo fichero, sobre “las comunicaciones del derecho de reunión y de manifestación”, que se encuentra en la fase de información pública. El fichero recoge información de carácter identificativo —nombre y apellidos, DNI, NIF, pasaporte o tarjeta de residencia, domicilio, dirección de correo electrónico y teléfono—, así como datos “especialmente protegidos” por la ley. En concreto, los que aluden a ideología, religión, afiliación sindical, creencias, origen racial o étnico, salud y vida sexual.

La finalidad del fichero, según consta en el documento colgado en la web oficial del departamento, es “gestionar las comunicaciones de reuniones y manifestaciones que se tramitan”. Los usos previstos de los datos son —además de los derivados de pedir una manifestación— la elaboración de estadísticas e informes.

Los datos sensibles no se solicitarán, pero se desprenden de las convocatorias

Interior aclara que no se van a cambiar los requisitos para comunicar una manifestación o una concentración, que son los que marca la ley. Son necesarios datos identificativos —como los detallados anteriormente—, así como los motivos de la manifestación, dónde se celebra, la fecha y las medidas de seguridad previstas. Según Interior, del propio objeto de la manifestación se deduce información especialmente protegida, lo que obliga a especificarlo en la creación de ese fichero, para garantizar el nivel “alto” de seguridad.

“Es una forma de garantía para el titular de ese dato, pero no se sistematiza la recogida de esas cuestiones”, asegura la responsable del gabinete de seguridad de Interior, Àngels Vila. Es decir, que en ningún caso a la persona que comunique una manifestación se le solicitará su ideología, su religión o datos sobre su vida sexual. Pero estos se pueden deducir del objetivo de la convocatoria, que sí ha de especificarse. Precisamente, es un informe de la Autoridad Catalana de Protección de Datos el que destaca la necesidad de incluir ese apartado en la creación del fichero. Puede darse que “en el momento de comunicar la reunión o la manifestación, las personas afectadas se identifican voluntariamente como representantes de algún partido político, sindicato, organización religiosa y filosófica, y análoga. Siendo así, haría falta prever en este fichero, bajo la correspondiente tipología, el tratamiento de datos especialmente protegidos”, destaca la citada Autoridad.

La Generalitat prevé usar la información para elaborar estadísticas

Los usos del fichero son la elaboración de estadísticas e informes. Pero Interior recalca e insiste en que se trata de un uso meramente administrativo y que no se prevé elaborar estadísticas con los datos especialmente protegidos que se puedan deducir.

“Es una forma de curarse en salud. Si alguien pide una manifestación en contra o a favor del Islam, se puede deducir información ideológica. La Administración prefiere decir que tiene datos de ese tipo para no tener problemas”, explica el presidente de la sección de propiedad intelectual y derechos de imagen del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona, Jordi Bacaria. “Otra cosa es si se podría evitar almacenar esa información”, añade. “Si hasta ahora no lo hacían, es que lo estaban haciendo mal. Están obligados a especificarlo. En ocasiones es muy obvio el motivo por el que te manifiestas y habla de esos datos especialmente protegidos”, se suma la abogada especialista en Protección de Datos Paloma Llaneza.

Interior alega que, hasta ahora, esos datos se almacenaban también, pero disgregados a través de otros ficheros policiales, en los que se recogen cifras de manifestaciones, concentraciones y sanciones. Al crearse la Dirección General de Administración Seguridad, Interior ha optado por ordenar toda esa información en un nuevo archivo, que dependa de esa dirección general. Los datos que recoge se podrán ceder a instituciones y organismos públicos con competencias en seguridad, a fuerzas y cuerpos de seguridad, al Síndic de Greuges, al Ministerio Fiscal y a los jueces o tribunales. Interior aclara que se ceden para aportar estadísticas o bien para que la policía elabore informes sobre una manifestación, por cuestiones relacionadas con la seguridad, de los que se pueda concluir, por ejemplo, la necesidad de cambiar un itinerario.

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