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Condenan a Tecnymo por discriminar a dos delegados sindicales

Una juez ha condenado a la empresa a pagar 3.000 euros “por daños y perjuicios”

En una sentencia de tres páginas fechada el 2 de abril, Ana Fernández Valentí, magistrada de la Sala de lo Social número dos de Ferrol, considera probado que los dos operarios fueron discriminados por las dirección porque eran delegados de CCOO en el Comité de Empresa.

Tecnymo, que trabaja como auxiliar de los astilleros públicos de la ría, aplicó un ERE temporal de 45 días a 28 empleados en el último trimestre del 2012. Cuando la carga de trabajo repuntó -reparaciones navales- los fue reincorporando a todos salvo a tres. Dos de ellos, un soldador y un armador, acudieron a los tribunales y demandaron a la empresa el 4 de marzo por vulnerar sus derechos fundamentales, en particular su libertad sindical. Ambos son delegados sindicales de CCOO en el Comité de Empresa. El gabinete jurídico del sindicato sostenía que esa fue la causa de su exclusión laboral.

La sentencia constata que la empresa requirió soldadores cualificados en enero del 2013 y que optó por contratar a personal externo antes de que reincorporar a uno de los dos operarios excluidos. La jueza ferrolana dictamina que Tecnymo hizo gala de “una conducta empresarial antisindical y vulneradora de derechos fundamentales”. Dice, además, que la versión de la empresa no aclara porque no llamó a los empleados cuando tuvo trabajo para ellos. “Se deduce la existencia de un trato discriminatorio derivado de su representación sindical”, concluye.

Por vulnerar sus derechos fundamentales, condena a la compañía a pagarles a cada uno 3.000 euros, que equivale al mes y medio de salario (45 días) que perdieron al no trabajar mientras sus compañeros sí lo hacían y algo más por “daños y perjuicios”.

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