La juez suspende cautelarmente la moción de censura de Benidoleig
La magistrada atiende el recurso que presentó la Subdelegación del Gobierno de Alicante
La titular del juzgado de Instrucción número cuatro de Alicante ha acordado suspender el acuerdo del Ayuntamiento de Benidoleig que llevó a la designación de la que había sido portavoz socialista en la localidad María Dolores Ern como nueva alcaldesa, tras la moción de censura de cinco concejales expulsados del PSPV y del PP que desbancó de la alcaldía a José Vicente Pons (Bloc-Compromís), y la decisión que aumentaba los derechos económicos y políticos para los ediles del nuevo equipo de gobierno local.
Así lo ha decidido la juez, a través de un auto de fecha 25 de marzo contra el que cabe recurso, en el que decreta la medida cautelar que había solicitado la Subdelegación del Gobierno en Alicante. Esta administración pedía la suspensión de los acuerdos del consistorio con el argumento de que, en caso contrario, se perdería la finalidad legítima del recurso presentado contra la moción o habría una irreparabilidad de los perjuicios causados y la ausencia de perjuicio para el interés público que implica la suspensión.
En el auto, la magistrada señala que es prerrogativa de los actos administrativos su ejecutividad, de manera que los recursos contencioso-adinistrativos interpuestos no suspenden la potestad de ejecutarlos. En estos casos, el régimen de medidas cautelares constituye una excepción a esa potestad.
Recurso
El subdelegado del Gobierno en Alicante autorizó en enero a la Abogacía del Estado a interponer un recurso contra el acuerdo del Ayuntamiento de Benidoleig que el día 2 de ese mes aprobó la designación de Ern tras la moción de censura.
Esta administración alegaba que la modificación de la redacción dada al artículo 197 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, en su última reforma, exige que la mayoría requerida para la presentación de la moción de censura se incremente en el mismo número de ediles, en el supuesto de que los concejales proponentes de la moción hayan dejado de pertenecer, por cualquier causa, al grupo político al que se adscribieron al inicio del mandato.
En este caso, según Subdelegación, consta en los antecedentes un certificado de los órganos federales competentes del PSOE que señala que dos de los impulsores de la moción habían sido expulsados del partido, y por tanto, de conformidad con lo dispuesto tanto en esta norma como en el artículo 134 de la Ley de Régimen Local Valenciano, la moción de censura "debía incrementar el número de proponentes para cumplir con los requisitos previstos en la norma".
En Benidoleig gobernaba hasta el pasado 2 de enero el Bloc-Compromís en minoría con cuatro ediles. La moción fue suscrita por cinco concejales del PSPV y del PP. De ellos, los socialistas habían expulsado previamente a dos ediles -entre ellos la propia Enr- y el PP informó a uno de los suyos de que le abriría un expediente de expulsión si avalaba la moción, advertencia que llevó a cabo. Los otros dos representantes no estaban afiliados a sus formaciones.
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