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El Supremo ordena investigar a Telmo Martín por posible cohecho

El juzgado de Cambados ha de practicar diligencias que pidieron los vecinos

El diputado del PP, Telmo Martín ( d) , y Jacobo Moreira portavoz del PP en Pontevedra.
El diputado del PP, Telmo Martín ( d) , y Jacobo Moreira portavoz del PP en Pontevedra. MÓNICA VILA

La Sección Segunda del Tribunal Supremo ha ordenado al juzgado que continúe con la parte de la instrucción de la causa abierta por delito ecológico contra los promotores de la urbanización Illas Atlánticas de Portonovo y que implicaría al diputado del PP Telmo Martín durante su etapa de alcalde de Sanxenxo. El Tribunal no apreció indicios de criminalidad del diputado en lo ya actuado pero no ha podido pronunciarse sobre la existencia de posibles delitos de cohecho y negociaciones prohibidas a funcionarios en la recalificación y venta de terrenos de la citada urbanización que promovió la empresa Construziona Galicia S.L. porque el juzgado no llegó a investigarlos.

En un auto difundido ayer, el Alto Tribunal señala que para poder pronunciarse, el juzgado de Cambados tendrá que averiguar si hay elementos de criminalidad contra el diputado en base a la aportación de los siguientes documentos: una certificación del registro mercantil relativa a Construcuatro S.A. en la que figure la participación accionarial de Telmo Martín y los cargos que ostentaba en la empresa así como el período durante el cual este desempeñó el puesto de alcalde de Sanxenxo.

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También requiere al juzgado que solicite la normativa urbanística del ayuntamiento de Sanxenxo, tanto del PXOU de 27 de febrero de 2003 como las anteriores normas de planeamiento, la clasificación urbanísticas de las parcelas vendidas por Construcuatro en los citados planes y el Convenio Urbanístico aprobado el 20 de julio de 2005.

La Asociación de Vecinos San Cristóbal de Portonovo había solicitado esta investigación ante la Audiencia de Pontevedra cuando el juzgado de Cambados decidió archivar la causa por delito ambiental en la que se denunciaba que la citada urbanización taponaba la servidumbre del regato de un río, provocando continuas inundaciones.

Es entonces cuando surgen nuevos datos que ponen en duda la actuación del entonces alcalde Telmo Martín que presuntamente recalificó los terrenos que luego vendería a la familia del ex conselleiro Xosé Cuiña la empresa Construcuatro de la que era accionista y que la Audiencia ordenó investigar, revocando el auto de archivo. Insiste la Sala en que no podrá pronunciarse “en tanto en cuanto no surjan elementos que permitan atribuir con fundamento una concreta conducta al aforado, por lo que no procede asumir la competencia, debiendo continuar con la investigación el Juzgado de Cambados, practicado las diligencias que se solicitaron por la asociación en su escrito de 23 de mayo de 2010 y demás que se consideren oportunas”.

Los vecinos ponían en conocimiento del juzgado hechos que podían ser constitutivos de otros delitos de naturaleza distinta de los inicialmente investigados, en los que aparecía como presunto responsable Telmo Martín, regidor de Sanxenxo entre 1999 y 2006 y diputado en el Congreso durante la actual Legislatura. La acusación particular hacía constar que “las parcelas de la citada urbanización habían sido adquiridas entre los años 2000 y 2004 por la Sociedad Construcuatro SA de la que formaba parte como socio y ostentaba el cargo de Administrador Telmo Martín González, siendo vendidas el 2 de diciembre de 2004 a Construziona SL, operación en que la primera obtuvo ingentes beneficios”.

Apuntaban los denunciantes como indicios contra el diputado que en el Plan General de Ordenación Urbana (PXOU) que fue aprobado en febrero de 2003 se había desviado un vial que inicialmente atravesaba una de esas parcelas, cambiándose la calificación del suelo como consolidado para poder urbanizar. El auto del Supremo señala que tras ser revocado el auto de archivo por la Audiencia Provincial, el juzgado de Cambados “tras exponer las vicisitudes que culminaron con la reconstrucción de la causa, después de su extraña desaparición”, acordó que “existen indicios de delitos contra los recursos naturales y de cohecho y negociaciones prohibidas a funcionarios de los que aparece como presunto responsable Telmo Martín”.

Y añade la Sala Segunda del Tribunal Supremo que no es competente para enjuiciar a Telmo Martín en tanto en cuanto no exista indicio sólido sobre la comisión de los delitos descritos por lo que es necesario concretar qué “actuación singular pudo llevar a cabo el aforado” por parte del juzgado número 2 de Cambados.

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