Igual condena a cuatro guardias civiles y a un conductor que se resistió al arresto
Los agentes deberán indemnizar con 1.500 euros al ciudadano y éste a uno de los funcionarios por morderle.
Cuatro agentes de la Guardia Civil han sido condenados por la Audiencia Provincial de Alicante a medio año de prisión por las lesiones causadas a un conductor de 27 años en un control de tráfico. Este ciudadano, que fue golpeado "con fuerza excesiva e innecesaria" y por ello será indemnizado con 1.500 euros, ha sido condenado también a seis meses de cárcel por resistencia y por morder y golpear a uno de los agentes, al que deberá pagar también 270 euros por las lesiones causadas, además de 180 euros en concepto de multa.
El 3 de septiembre de 2008 los agentes dieron el alto a un conductor que viajaba por una carretera de Monòver (Alicante) en un control de tráfico en el que le pidieron la documentación. El ciudadano les facilitó toda la documentación requerida y pidió a su vez a los agentes que se identificaran con su número profesional. A partir de ese momento la situación se complicó sustancialmente.
El conductor "se sentó en el capó de uno de los vehículos oficiales" y uno de los agentes "le cogió por el brazo con intención de apartarlo de allí", ante lo que reaccionó "golpeando con la mano al funcionario en la cara", aunque no hay constancia de "si su intención fue causarle algún daño o si fue un movimiento con el brazo tendente a evitar la sujeción y sometimiento a las indicaciones del citado guardia civil". Los cuatro guardias civiles respondieron dando a su interlocutor "diversos golpes en distintas partes del cuerpo", se dice en el fallo judicial, "con el propósito de detener al conductor parado, le para lo que utilizaron las defensas de goma que llevaban en su vehículo oficial", dos de ellos, y "empleando sus propios recursos físicos personales", los otros dos.
En la trifulca, el conductor mordió en la mano a un agente, "para evitar que le pusiera los grilletes". Como consecuencia de esta acción "sufrió un hematoma en el pómulo izquierdo y herida por mordedura" en la mano derecha que "curaron sin necesidad de observación o intervención médica posterior al diagnóstico, en nueve días, y no produjeron impedimento para el desarrollo de las actividades cotidianas".
El conductor, en cambio, "sufrió una herida inciso contusa en la cabeza de aproximadamente 5 centímetros en región frontal del cuero cabelludo". Los golpes le produjeron en el tórax, la cabeza, brazos, manos y piernas hematomas con diversos cardenales. "Estos padecimientos precisaron, además de la primera atención médica", de inmovilización y sutura "necesitando para su curación 40 días, 35 de los cuales permaneció impedido para el desempeño de sus actividades habituales".
La condena de la Audiencia Provincial conlleva para los guardias civiles, además de medio año de prisión, la suspensión del cargo durante el tiempo de la condena. La pena del conductor lleva asociada la inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo, aunque le absuelve de las peticiones de condena efectuadas por la acusación particular, al entender que el golpe que propinó al agente en el pómulo, "no puede ser catalogado como de resistencia grave ni de acometimiento propio del atentado".
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