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Condena al CatSalut por inmovilizar un brazo que no estaba fracturado

El fallo del TSJC aprecia que la inmovilización innecesaria del brazo dio pie a una lesión traumática

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado al Servicio Catalán de la Salud (CatSalut) a pagar 30.0000 euros de indemnización a una mujer a la que se diagnosticó la inmovilización del brazo durante tres meses, pese a no existir fractura, lo que le ocasionó secuelas. La sentencia estima parcialmente la demanda de la afectada, en contra de lo decretado en un primer momento por el Juzgado Contencioso Administrativo número 13 de Barcelona, que en primera instancia no apreció delito.

El fallo del TSJC, no obstante, aprecia que la inmovilización innecesaria y prolongada del brazo de la mujer dio pie a una lesión traumática, aunque matiza que no se llevó a cabo con una férula ajustable y removible por la misma paciente, por lo que la conducta de ésta "ha podido coadyuvar o interferir en el resultado final".

La mujer sufrió una caída accidental en 2007, lastimándose la palma de la mano y la muñeca, y tras ser atendida en urgencias se le inmovilizó el brazo con yeso, pese a no apreciarse fractura en la radiografía, y se la derivó al traumatólogo del Hospital de Palamós (Girona) --en la sentencia también se reconoce la culpabilidad de la Fundació Mossèn Miquel Costa que gestiona dicho centro--. El traumatólogo, que no aseguró el diagnóstico, dio por sentada la existencia de la fractura, retiró el yeso y prescribió una férula inmovilizadora que mantuvo durante tres meses, a pesar de las quejas de la mujer por el dolor que padecía. Según el Defensor del Paciente, la mujer perdió su trabajo como camarera a raíz de las secuelas.

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