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El Ayuntamiento de Alcanar, obligado a demoler 32 viviendas

Medio centenar de licencias urbanísticas fueron aprobadas irregularmente en el municipio entre 1997 y 2005

Vista de las viviendas afectadas por orden judicial y que deben ser derribadas.
Vista de las viviendas afectadas por orden judicial y que deben ser derribadas.JOSEP LLUÍS SELLART

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado una sentencia de un juzgado de Tarragona que ordena al Ayuntamiento de Alcanar (Montsià) demoler 32 viviendas de manera inminente. Las casas forman parte de un complejo en el número 3 de la calle Bugambilla, en la urbanización Serramar, y según el fallo se construyeron a partir de una licencia urbanística nula porque el proyecto no se adecua con la legalidad. El 20 de noviembre el juzgado de lo contencioso administrativo de Tarragona anunció al Ayuntamiento que disponía de 10 días hábiles para iniciar el derribo del complejo.

La mayoría de viviendas son propiedad de particulares, pero están deshabitadas y solo acceden a ellas en períodos vacacionales. Ocho de las casas son propiedad de la empresa promotora, Turov S.L., de Badalona. Con todo, los tribunales han comprobado la existencia en Alcanar de al menos unas 50 licencias urbanísticas más aprobadas irregularmente entre los años 1997 y 2005. Se interpretaron las densidades de las construcciones como plurifamiliares, pero en realidad lo único permitido eran viviendas unifamiliares. Ello podría dar lugar a nuevas reclamaciones judiciales.

El “caso Turov” se remonta a julio del 2003, cuando tras acceder a la alcaldía de la población Ricard Bort (PSC), se aprobó en la primera junta de gobierno una licencia urbanística para construir las 32 viviendas y sus aparcamientos. El proyecto salió adelante aunque el Plan Urbanístico de la población solo permitía la construcción de 9 hogares unifamiliares bajo los planteamientos de “ciudad jardín”.

En concreto, las 32 viviendas incrementaban en la densidad urbanística en más de un 250% respecto a lo permitido, y formaban parte de la primera fase de un proyecto que planificaba construir más de 100 casas. Una asociación y una vecina de Alcanar, Maria Antonia González, denunciaron los inmuebles y el juzgado de lo contencioso administrativo de Tarragona falló a su favor en 2006 declarando nula las licencias de obras. El Ayuntamiento recurrió el falló, pero en 2009 el TSJC desestimó el recurso de apelación y confirmó la nulidad de la sentencia.

Aún así, el Consistorio había reformulado las normas urbanísticas: La Comisión de Urbanismo de las Tierras del Ebro ratificó el Plan Especial de Reforma Interior (PERI), el cual equilibraba las dos parcelas propiedad de la promotora. González, a finales del año pasado, al comprobar que las viviendas no estaban derribadas, volvió a los juzgados para pedir que se ejecutase la sentencia.

En la actualidad la promotora Turov S.L. Se encuentra en pleno concurso de acreedores. La empresa, intuyendo posibles reclamaciones por parte de los propietarios de las viviendas, denunció al Ayuntamiento en 2010, pidiendo una indemnización de 6,8 millones de euros, en concepto de daños y perjuicios. A pesar de ello, el juzgado de lo contenciosos administrativo de Tarragona número 2 desestimó la petición y libró al Consistorio de cualquier pago.

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