Un juez inhabilita al exalcalde de Bigastro por vender dos fincas
La condena es de siete años de inhabilitación para José Joaquín Moya por prevaricación El Ayuntamiento subastó irregularmente dos parcelas municipales para construir un hotel
El juzgado de lo penal número de tres de Orihuela (Alicante) ha condenado a siete años de inhabilitación para cargo público al exalcalde de Bigastro (Alicante) José Joaquín Moya acusado de un delito de prevaricación por subastar irregularmente en 2005 dos parcelas de terreno de titularidad municipal, ubicadas en la partida de La Pedrera de la localidad y que pretendían destinarse a la construcción de un hotel con campo de golf.
La sentencia condena igualmente a la misma pena al que fuera interventor del Ayuntamiento de Bigastro por la enajenación de estas dos fincas, de 20.000 y 15.000 metros cuadrados y con una valoración conjunta de aproximadamente 2,1 millones de euros.
El juez ha estimado probado que la valoración de 2,1 millones de ambas parcelas "supera notoriamente el 25 por ciento del presupuesto municipal", que en 2005 era de 4,4 millones de euros. En esas circunstancias, el Ayuntamiento debía solicitar una autorización a la Generalitat para poder proceder a la venta de los terrenos, pero "consta que ni siquiera comunicó la misma" a la administración autonómica.
Además, otra de las motivaciones de la condena se basa en que la Mesa de Contratación que adjudicó los terrenos a la constructora Proalto S.L se constituyó el 8 de agosto de 2005, dos días antes de que concluyera el plazo de presentación de proposiciones, y formuló la propuesta de adjudicación a favor del único licitador presentado, la citada constructora.
Posteriormente, en un pleno municipal extraordinario celebrado el mismo día en que se reunió la mesa de contratación, el alcalde propuso lo acordado por la mesa y añadió la autorización "para construir un ambicioso proyecto de hotel-apartahotel, Spa y campo de prácticas de golf", según se recoge en la sentencia.
El alcalde autorizó el proyecto "sabiendo que la finca objeto de enajención estaba clasificada de Suelo No Urbanizable, Parque Público La Pedrera" y requería de autorización municipal "previo informe favorable de la Conselleria competente en materia de territorio".
La sentencia también hace referencia a que en el mismo pleno del 8 de agosto, a propuesta del alcalde, se adjudicó a la misma mercantil el uso de otra parcela municipal de 45.000 metros cuadrados con una concesión administrativa a 50 años que se pretendía destinar a la construcción de un campo de golf con un canon de 600.000 euros.
Dos ediles absueltas
Estas aprobaciones se realizaron en el referido pleno con siete votos a favor, entre ellos los de las concejalas Mari Carmen Grau y María Jesús Torres, que participaron en la Mesa de Contratación y que aparecían como imputadas en el procedimiento, pero que finalmente el juez ha decidido exculpar ya que "no se ha acreditado que tuvieran conocimiento de la ilegalidad y arbitrariedad de la propuesta del alcalde".
Por último, en el fallo del juez condena al exalcalde y al exinterventor municipal a la pena de inhabilitación, absuelve a las dos ediles imputadas en la causa, y declara la nulidad de pleno derecho del acuerdo adoptado por el pleno del Ayuntamiento de Bigastro del 8 de agosto de 2005, así como de "cuantas actuaciones administrativas hayan sido practicadas o dictadas como consecuencia" del acuerdo del citado pleno municipal.
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