La Iglesia desoye al TC e impide dar clases a la docente casada por lo civil
El obispo de Almería niega a Resurrección Galera la acreditación para enseñar religión
La profesora de Religión Resurrección Galera, cuyo despido en 2002 por contraer matrimonio civil con un hombre divorciado fue declarado nulo por el Tribunal Constitucional, ha recibido una comunicación del Obispado de Almería en la que se le informa de que “no va a ser llamada” para impartir clases en el curso 2012-2013.
El escrito, enviado como un burofax el pasado lunes, señala que Galera, cuya readmisión hasta el 31 de agosto fue ordenada mediante auto judicial el pasado mes de abril, no ha obtenido la missio canónica, la acreditación que da la Iglesia para enseñar en su nombre y que, en este caso, debía conceder el obispo de Almería. Según ha explicado el marido de la profesora, Johannes Romes, a la espera de que la comunicación sea estudiada por los servicios jurídicos de CC OO, Galera se está planteando presentar una nueva demanda por despido nulo.
La docente se plantea presentar una nueva demanda por despido nulo
“No hace falta que el Obispado especifique por qué no está en la Propuesta del Ordinario Diocesano. Sabemos que son las mismas razones que llevaron al Constitucional a estimar que actuaron discriminatoriamente”, afirmó Romes. El burofax remitido por la diócesis cita, en la misma línea que el argumentario esgrimido en el segundo recurso de amparo elevado ante el Constitucional, una sentencia de este órgano de 2007 en la que se pronuncia en sentido contrario al caso de Galera en un supuesto similar y apunta a que la citada resolución está pendiente de resolver ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.
Para el Obispado es “enteramente constitucional el hecho de que no pueda impartir religión y moral católicas quien no profesa voluntariamente los dogmas de esta fe religiosa”. El escrito añade que Resurrección Galera, “en el más respetable ejercicio de su libertad”, al elegir contraer matrimonio civil con un hombre divorciado, se colocó “ella misma y por su sola voluntad, en objetiva situación de inidoneidad sobrevenida para dar lecciones de moral católica que incluye una concepción muy determinada del matrimonio”.
Romes ha indicado que van a estudiar como actuar ante el incumplimiento del Ministerio de Educación, que sólo ha dado respuesta parcial al auto de ejecución dictado por el Juzgado de lo Social número 3 de Almería por el que se ordenaba, además de que en un plazo de cinco días procediese a reponerle en su antiguo puesto hasta el pasado 31 de agosto, que debía serle abonada la cuantía de poco más de 42.000 euros en concepto de salarios de tramitación.
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